Decisiones Sala Civil
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TEMA: PRECLUSIÓN DE LA OPORTUNIDAD PARA REFORMAR LA DEMANDA- Según el art. 93 C.G.P., está determinada por la notificación por estado del auto que señala audiencia inicial o concentrada (arts. 372–373 C.G.P.). EFECTOS PROCESALES DE LA INTEGRACIÓN OFICIOSA DEL LITISCONSORCIO NECESARIO- Suspensión del trámite sin retroacción ni reviviscencia de términos precluidos. JERARQUÍA DE FUENTES Y FUERZA VINCULANTE DEL PRECEDENTE JUDICIAL FRENTE A CRITERIOS DOCTRINALES- El precedente emanado de la Corte Suprema de Justicia, en su condición de órgano de cierre de la jurisdicción ordinaria, tiene carácter obligatorio cuando fija una interpretación clara y reiterada de una norma procesal.
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TEMA: TÍTULOS DESMATERIALIZADOS – Considera esta Sala que la parte demandante es incongruente en su argumentación puesto que si bien, sostienen que una vez perfeccionados los títulos, estos fueron transformados en documentos digitalizados, lo cierto finalmente es que, al proceder con la inspección del contenido de los documentales se tiene que, las características a diligenciar, tales como; el lugar y fecha de creación, fecha de vencimiento, se servirá pagar, a la orden de, datos del deudor y sobre todo la firma, son datos constituidos electrónicamente, sin que se explique la razón por la cual no se aportaron los ejemplares originales, es decir, los constituidos físicamente. /
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TEMA: FALTA DE ANIMUS EN LA ACCIÓN DE PERTENENCIA – Para la Sala el primer presupuesto axiológico de la pretensión de pertenencia no se cumple, es decir, el de la posesión material del bien de la parte demandante, porque a pesar de que esta, detenta la propiedad y ha sido reconocida por los vecinos como poseedora de esta, ella no tiene la plena convicción de ser dueña, en este caso poseedora del inmueble, tanto que reconoce dominio ajeno de los demás copropietarios. /
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TEMA: EXCLUSIONES EN SEGUROS DE VIDA – Las compañías de seguros tienen el deber legal de informar a los tomadores de forma suficiente y previa los condicionamientos particulares de la póliza que adquieren para cada vigencia, especialmente los amparos básicos y exclusiones, pues cuando en el marco de una reclamación directa o debate judicial la aseguradora alega configurada una causal de exclusión, deberá acreditar probatoriamente que informó, explicó e ilustró al tomador frente a las exclusiones que le opone al asegurado. /
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TEMA: PÉRDIDA DEL INTERÉS JURÍDICO EN LA ACCIÓN DE SIMULACIÓN – A los demandantes les asistía el interés al momento de incoar la demanda de simulación, pues tenían un móvil al ser acreedores de los demandados. Ese interés era concreto y actual para ese momento, pero debía permanecer vigente durante el trámite del proceso. Lo que no ocurre aquí; ello como consecuencia de la decisión del Juzgado Tercero Civil del Circuito de Medellín al resolver el contrato de promesa de compraventa. Con dicha decisión desapareció del mundo jurídico el contrato y con él, la obligación que los demandados podían tener con los demandantes. /
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TEMA: COMPENSACIONES Y GASTOS DEL PROCESO – No se compensaron en sentencia los gastos propios efectuados por algunos comuneros con los dineros provenientes de los frutos comunes pese a que dichos gastos fueron ordenados y reconocidos en providencias emitidas en el proceso. La Sala al modificar la sentencia, lo hace teniendo en cuenta la liquidación efectuada en la que, reconoce al demandante el 100% de los gastos procesales; recompensan las sumas liquidadas como activo bruto teniendo en cuenta los gastos personales efectuados por algunos comuneros a costa de la comunidad a prorrata de sus derechos; se deducen a prorrata del derecho de cada comunero, los gastos del remate probados en favor de los adjudicatarios; y distribuye el excedente prorrateado. /

