Boletín Jurisprudencial No. 2 de 2026 Nos complace presentar una nueva edición de nuestro boletín trimestral de jurisprudencia, un espacio concebido no solo como un registro de la actividad judicial
Boletín Jurisprudencial No. 1 de 2026 En el año en que el Tribunal Superior de Medellín conmemora ciento noventa años de existencia, presentamos a la comunidad jurídica una nueva edición del Boletí
LA PRESIDENCIA DE LA SALA PENAL DELTRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍNINVITA A las personas interesadas en ser nombradas como Juez en provisionalidad en el JUZGADO VEINTITRÉS PENAL DEL CIRCUITO DE MEDELLIN
LA PRESIDENCIA DE LA SALA PENAL DELTRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN INVITA A las personas interesadas en ser nombradas como Juez en provisionalidad en el JUZGADO TREINTA Y SIETE PENAL MUNICIPAL DE MEDE
TEMA: PENSIÓN DE JUBILACIÓN CONVENCIONAL TRABAJADORES OFICIALES DEL ISS- La Sala de Casación Laboral ha sostenido de manera uniforme que la regla de acumulación prevista en el artículo 101 debe interpretarse sistemáticamente con el artículo 98 de la Convención Colectiva, de manera que la posibilidad de acumular tiempos de servicio no desnaturaliza el ámbito subjetivo de aplicación del beneficio convencional, reservado exclusivamente para quienes acrediten veinte (20) años de servicios en condici
TEMA: CAMBIO DE PENSIÓN DE INVALIDEZ POR ESPECIAL DE VEJEZ-Tal circunstancia resulta jurídicamente viable, siempre que se satisfagan los presupuestos normativos exigidos para el efecto, en la medida en que no se pretende el reconocimiento ni el pago simultáneo de ambos beneficios, sino la concesión exclusiva de aquel que le depare mayor beneficio./
TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE -Seguridad social – pensión de sobrevivientes causada por muerte de afiliado, acreditación del requisito de convivencia por lo menos durante cinco (5) años anteriores al fallecimiento del causante-No se concede debido a que la cónyuge sobreviviente no cumple con el requisito temporal de convivencia.
TEMA: MANDAMIENTO DE PAGO: El juzgador no se encuentra indefectiblemente sujeto a la manera exacta como el ejecutante formule la orden de pago, pues, si estima que esta no puede librarse en los precisos términos solicitados, pero encuentra acreditada la existencia de una obligación clara, expresa y exigible, debe adecuar el mandamiento a la forma que jurídicamente corresponda.
TEMA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA -Congruencia, prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio, bienes baldíos, fiscales y públicos, identidad del inmueble. No se concede puesto que no se lograr probar la posesión y el bien del que se pide la usucapión es de propiedad de una entidad pública.
TEMA: REVOCATORIA UNILATERAL DEL MANDATO JUDICIAL-El sistema de honorarios a cuota litis adoptado en un contrato de prestación de servicios, no puede servir de patente de corso para que el poderdante, utilizando la facultad de revocar el mandato en cualquier momento, se sustraiga a su obligación de remunerar el trabajo realizado por su procurador judicial.
TEMA: VIABILIDAD DEL RECURSO DE APELACIÓN EN UN PROCESO DE DOBLE INSTANCIA-El régimen de apelaciones en nuestro sistema procesal civil se rige entre otros por el principio de taxatividad o especificidad, según el cual solamente son susceptibles de ese recurso las providencias expresamente indicadas por el legislador, quedando de esa manera proscritas las interpretaciones extensivas o analógicas a casos no comprendidos en ellas, por tanto, es necesario, examinar el caso concreto a la luz de las h
TEMA: NULIDAD- Debe el juez de decretar la nulidad de oficio de un acto o contrato que aparece de manifiesta en él. El compañero permanente, si bien no es un heredero en el primer orden sucesoral, sí puede optar por la porción marital, por lo que, como no concurrió al trámite el preterido cónyuge y, por ende, no suscribió el acto final que ahora ataca, ello de suyo le quita valor y genera la nulidad absoluta de la escritura pública de la Notaría Única del Círculo de Caldas. /
TEMA: CONFLICTO DE COMPETENCIA ENAJENACIÓN DE BIENES DE PERSONA TITULAR DE LOS APOYOS - Competencia para conocer de la solicitud de enajenación de bienes posterior al proceso de revisión de la interdicción. Determinación de si dicha actuación debe ser conocida por el juez que adjudicó los apoyos o por el juez que corresponda por reparto ordinario.
TEMA: CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA EN ACCIÓN DE TUTELA- Improcedencia de declinar el conocimiento con fundamento en reglas de reparto previstas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021. Se precisa la diferencia entre reglas de competencia y reglas de reparto y asignación de competencia al despacho al que inicialmente correspondió el reparto.
TEMA NECESIDAD, RAZONABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LAS MEDIDAS CAUTELARES - La Fiscalía no motivó la proporcionalidad de la imposición de las cautelas respecto del inmueble, pues en la disposición insertó argumentos exclusivamente en torno a la suspensión del poder dispositivo, reiteró las graves actividades delictivas a las que estaban dedicados los integrantes y familiares del grupo delincuencial, pero de ninguna manera se refirió adecuadamente frente a porqué la afectaba debía soportar las c
TEMA: EXTINCIÓN DE DOMINIO POR EQUIVALENCIA DEL VALOR PATRIMONIAL - Está demostrado que para el año 2015 la citada ciudadana adquirió un bien inmueble, el cual pagó con un subsidio de vivienda que le otorgó Fonvivienda; que es el único bien con que cuenta y es equivalente, incluso de valor inferior, al dinero que esta percibió en su dedicación a las actividades ilícitas en un interregno anterior a la adquisición del inmueble del que se declaró su extinción. /
TEMA: EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PAGO -Exclusión de prueba obtenida mediante ingreso a domicilio ajeno sin acreditación suficiente del consentimiento del morador y aplicación de la teoría del fruto del árbol envenenado en proceso por porte ilegal de arma de fuego.
TEMA: REBAJA PUNITIVA EN PREACUERDO-El preacuerdo suscrito entre la defensa de IYHH y la fiscalía no vulnera la legalidad como lo pregona el apelante por habérsele reconocido al procesado un descuento punitivo del 50% de la pena a imponer por Homicidio, comoquiera que tras la degradación de la participación de autor a cómplice —única y exclusivamente para efectos punitivos— la fiscalía podía otorgar un descuento punitivo comprendido entre 1/6 parte y el 50 de la señalada en la ley para el autor.
TEMA: EXCLUSION DE PRUEBA-Exclusión de prueba obtenida mediante ingreso a domicilio ajeno sin acreditación suficiente del consentimiento del morador y aplicación de la teoría del fruto del árbol envenenado en proceso por porte ilegal de arma de fuego.
Boletín Jurisprudencial No. 2 de 2026 Nos complace presentar una nueva edición de nuestro boletín trimestral de jurisprudencia, un espacio concebido no solo como un registro de la actividad judicial del Tribunal Superior de Medellín, sino como una herramienta viva de unificación, análisis y pedagogía jurídica para el Distrito y el país. La función judicial no se agota en la resolución del litigio; se consolida en la creación de un precedente sólido que brinde predictibilidad al sistema de jus
Boletín Jurisprudencial No. 1 de 2026 En el año en que el Tribunal Superior de Medellín conmemora ciento noventa años de existencia, presentamos a la comunidad jurídica una nueva edición del Boletín Jurisprudencial, expresión viva de una tradición institucional que, con el paso del tiempo, se ha consolidado no solo en el Distrito Judicial, sino también en los ámbitos académicos, profesionales y jurisdiccionales. Este Boletín representa un espacio de difusión y reflexión que responde a la nec
Nos complace presentar a la comunidad jurídica la IV Edición del Boletín Jurisprudencial 2025 del Tribunal Superior de Medellín, bajo la dirección del Dr. Nelson Saray Botero, Presidente de esta Corporación. Esta edición, consolida las principales decisiones emitidas por nuestras Salas durante el periodo, con el objetivo de fortalecer la uniformidad doctrinal, promover la seguridad jurídica y garantizar una justicia cada vez más accesible, transparente y comprensible para la ciudadanía.