Boletín Jurisprudencial No. 1 de 2026 En el año en que el Tribunal Superior de Medellín conmemora ciento noventa años de existencia, presentamos a la comunidad jurídica una nueva edición del Boletí
Nos complace presentar a la comunidad jurídica la IV Edición del Boletín Jurisprudencial 2025 del Tribunal Superior de Medellín, bajo la dirección del Dr. Nelson Saray Botero, Presidente de esta Corpo
El Despacho del Magistrado Nattan Nisimblat Murillo, de la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín, invita a estudiantes interesados en realizar su judicatura y en el aprendizaje de herramientas
TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES COMO CÓNYUGE DE AFILIADO FALLECIDO, CON SEPARACIÓN DE HECHO Y VÍNCULO MATRIMONIAL VIGENTE- El cónyuge supérstite con vínculo matrimonial vigente, separado de hecho, que pretenda el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, debe acreditar convivencia con el causante por un lapso no inferior a cinco (5) años, convivencia que pudo darse en cualquier tiempo, sin que sea necesario demostrar la continuidad de los lazos familiares y afectivos, dado que esta circuns
TEMA: COMPATIBILIDAD PENSIONAL-La indemnización sustitutiva de pensión de vejez es una prestación provisional, cuyo pago no impide el reconocimiento posterior de la pensión de sobrevivientes a los beneficiarios del afiliado, dado que ambos conceptos, según la alta Corporación, cubren contingencias distintas; la primera la vejez y la segunda la muerte, con fuentes de financiación disímiles y sus exigencias no se asimilan; es más, permite que luego de haber recibido el afiliado la indemnización s
TEMA: PENSIÓN DE JUBILACIÓN CONVENCIONAL POR LABORES REALIZADAS EN CONDICIONES INSALUBRES- El artículo 74 de la Convención Colectiva de Trabajo con vigencia 2001 – 2003, no puede interpretarse aisladamente; la consecuencia del vencimiento del plazo de 90 días no implica automáticamente que todos los cargos del Municipio sean insalubres, sino, en todo caso, los específicamente señalados en la cláusula Aunque está probado el tiempo de servicios, no existe prueba de que el demandante hubiera ejecu
TEMA: RESPONSABILIDAD MÉDICA- El juez de primera instancia erró al considerar que el análisis del consentimiento informado vulneraba la congruencia, pues este constituye un elemento esencial del acto médico y fue incorporado al debate por los propios demandados; sin embargo, del acervo probatorio se acreditó que a la paciente se le explicaron de manera reiterada los riesgos y beneficios del procedimiento, que la historia clínica dejó constancia de dicha información y de su aceptación y que, pese
TEMA: DERECHO DE DEFENSA- De la falta de contestación de la demanda no se desprende una renuncia absoluta al derecho de defensa ni, menos aún, la pérdida de la facultad de controvertir las pruebas que se practiquen en el juicio o de impugnar las decisiones adoptadas durante su desarrollo./
TEMA: RATIFICACIÓN DE FACTURAS DE VENTA COMO PRUEBA DOCUMENTAL-Las facturas de venta aportadas como soportes contables dentro de un proceso declarativo no requieren ratificación cuando su eficacia demostrativa debe valorarse de manera conjunta con los libros de comercio, inventarios, estados financieros y demás registros contables decretados en el proceso. Las facturas no fueron aportadas como títulos valores, sino como soportes de la actividad contable del establecimiento, cuya eficacia probato
TEMA: LA TRANSACCIÓN-Permitir que un operador diferente revise la validez de una transacción en un proceso distinto, especialmente cuando dicho punto no puede ser planteado como objeto de litigio, implicaría una vulneración del principio de congruencia y compromete el principio de cosa juzgada, puesto que equivaldría a reabrir un asunto decidido./
TEMA: PROCEDENCIA Y LEGITIMACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN - La Sala concluye que vedado le estaba a la funcionaria de primer nivel conceder el recurso de alzada que interpuso el acreedor del causante en contra de la providencia, que al desatar las objeciones formuladas en contra del inventario y los avalúos resolvió excluir sus acreencias, lo que imposibilita que pueda imprimírsele el respectivo trámite en la segunda instancia, razón por la cual, a tono con lo reglado por el inciso 4º del artícu
TEMA: SOCIEDAD CONYUGAL - La separación de hecho no es una causa legal de disolución de la sociedad conyugal, se mantiene incólume la presunción del artículo 1795 según la cual “toda cantidad de dinero y de cosas fungibles, todas las especies, créditos, derechos y acciones que existieren en poder de cualquiera de los cónyuges al tiempo de disolverse la sociedad, se presumirán pertenecer a ella, a menos que aparezca o se pruebe lo contrario”. /
TEMA NECESIDAD, RAZONABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LAS MEDIDAS CAUTELARES - La Fiscalía no motivó la proporcionalidad de la imposición de las cautelas respecto del inmueble, pues en la disposición insertó argumentos exclusivamente en torno a la suspensión del poder dispositivo, reiteró las graves actividades delictivas a las que estaban dedicados los integrantes y familiares del grupo delincuencial, pero de ninguna manera se refirió adecuadamente frente a porqué la afectaba debía soportar las c
TEMA: EXTINCIÓN DE DOMINIO POR EQUIVALENCIA DEL VALOR PATRIMONIAL - Está demostrado que para el año 2015 la citada ciudadana adquirió un bien inmueble, el cual pagó con un subsidio de vivienda que le otorgó Fonvivienda; que es el único bien con que cuenta y es equivalente, incluso de valor inferior, al dinero que esta percibió en su dedicación a las actividades ilícitas en un interregno anterior a la adquisición del inmueble del que se declaró su extinción. /
TEMA: OPORTUNIDAD PARA EJERCER DEFENSA Y RECONOCIMIENTO COMO TERCERA DE BUENA FE - Ante la cadena de irregularidades que conllevó al resultado desafortunado que culminó por afectar los intereses de la ciudadana, lo que se impone es dejar sin valor, no solo la sentencia de primera instancia que no accedió a la pretensión extintiva, sino también el trámite completo del proceso, desde el auto que admitió la demanda y ordenó notificar de ella a los afectados, inclusive, para incluir en este a la rec
TEMA: EXTORSIÓN AGRAVADA (TENTATIVA)- El testimonio directo de la víctima, cuando es coherente y verosímil, puede ser suficiente para fundar una condena, sin que la corroboración periférica exija prueba plena adicional, bastando datos externos que refuercen su credibilidad. La tardanza en denunciar no afecta por sí sola la fiabilidad del relato y al no desvirtuarse los indicios, valorados en conjunto, permiten inferir la coautoría impropia del acusado.
TEMA: SUBROGADOS PENALES - No logra demostrar la defensa de los justiciables, que los hijos menores de edad de los condenados, se encuentren en riesgo de abandono, desamparo e indefensión absoluta e irremediable que amerite el otorgamiento del mecanismo alternativo a la prisión en centro de reclusión, pues en todo caso no se acreditó que los integrantes de las familias extensas de los procesados se encuentren en situaciones de discapacidad y no puedan valerse por sí mismos; que se encuentren en
TEMA: IMPROCEDENCIA DE LA PRISIÓN DOMICILIARIA - Teniendo en cuenta la pena mínima del delito, se encuentra que, en este caso, no se cumple con el requisito objetivo. Asimismo, el procesado no ostenta la calidad de padre cabeza de familia que se requiere para el otorgamiento del sustituto demandado; de ahí, que al no acreditarse el primero de los requisitos exigidos en el artículo 1° de la Ley 750 de 2002, no se hace necesario entrar en el estudio de los restantes para determinar la viabilidad d
Boletín Jurisprudencial No. 1 de 2026 En el año en que el Tribunal Superior de Medellín conmemora ciento noventa años de existencia, presentamos a la comunidad jurídica una nueva edición del Boletín Jurisprudencial, expresión viva de una tradición institucional que, con el paso del tiempo, se ha consolidado no solo en el Distrito Judicial, sino también en los ámbitos académicos, profesionales y jurisdiccionales. Este Boletín representa un espacio de difusión y reflexión que responde a la nec
Nos complace presentar a la comunidad jurídica la IV Edición del Boletín Jurisprudencial 2025 del Tribunal Superior de Medellín, bajo la dirección del Dr. Nelson Saray Botero, Presidente de esta Corporación. Esta edición, consolida las principales decisiones emitidas por nuestras Salas durante el periodo, con el objetivo de fortalecer la uniformidad doctrinal, promover la seguridad jurídica y garantizar una justicia cada vez más accesible, transparente y comprensible para la ciudadanía.
JUSTICIA QUE EVOLUCIONA CON LA REALIDAD SOCIAL La presente edición del Boletín Jurisprudencial del Tribunal Superior de Medellín evidencia el dinamismo del pensamiento judicial colombiano y su capacidad de adaptación a los desafíos sociales contemporáneos. Las decisiones aquí recopiladas consolidan criterios interpretativos y revelan una justicia sensible, técnica y garantista.