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- Categoría: Extinción de Dominio
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TEMA: DEBIDO PROCESO Y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA – Se evidencia que la demora en el ciclo probatorio no es atribuible a la conducta del afectado, quien presentó su oposición a la acción extintiva y allegó las pruebas que consideró pertinentes. En tales condiciones, el proceso se ha prolongado más allá de lo razonable, sin que se haya culminado la fase actual ni exista claridad sobre cuándo finalizará, por lo que se configura una mora judicial injustificada que ha vulnerado los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia del peticionario, quien carece de otro mecanismo alternativo para contrarrestar los perjuicios derivados de dichas cautelas. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: IMPROCEDENCIA DEL CONTRATO LABORAL – La actividad de madre comunitaria para la época de los hechos no constituía un vínculo laboral, ni encuadraba dentro del ámbito funcional asignado a los trabajadores oficiales. Por lo anterior, no resulta procedente predicar la existencia de un contrato laboral con una entidad pública como el ICBF antes de la entrada en vigencia del Decreto 289 de 2014, norma que, junto con el artículo 36 de la Ley 1607 de 2012, dio origen al proceso de formalización laboral exclusivamente frente a las entidades administradoras del Programa de Hogares Comunitarios de Bienestar, mas no respecto del ICBF en su calidad de establecimiento público. De esta manera, cualquier intento de proyectar efectos laborales hacia periodos anteriores carece de fundamento jurídico. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: IMPROCEDENCIA DE APOYOS TRANSITORIOS COMO MEDIDAS CAUTELARES – La parte solicitante no acreditó los requisitos de necesidad, urgencia, proporcionalidad ni efectividad exigidos; ya que no se demostró un perjuicio real o inminente al mínimo vital de la titular del acto jurídico, pues sus ingresos cubren sus gastos; no se aportó información suficiente sobre la supuesta pensión y la venta del inmueble no podía autorizarse por estar dicho bien sometido a un proceso divisorio con remate ya ordenado. Concluye la Sala que, en ausencia de prueba que justifique la cautela, no es procedente anticipar actos jurídicos y las deprecadas cautelas que como apoyos transitorios previos se solicitaron, son improcedentes. /
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- Categoría: Penal
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TEMA: ESTÁNDAR PARA LA SENTENCIA DE CONDENA- Para proferir sentencia condenatoria deberá existir convencimiento de la responsabilidad penal del acusado, más allá de toda duda. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: DEFECTO SUSTANTIVO-La intervención del juez de tutela se justifica cuando la autoridad judicial incurre en un defecto sustantivo al apartarse de manera ostensible del marco normativo aplicable. Tal vulneración se configura cuando el juez natural, contrariando los artículos 1602, 1608.1 y 1653 del Código Civil, equipara el pago extemporáneo con un cumplimiento íntegro de la obligación, desconoce los efectos jurídicos de la mora, inaplica la imputación legal de pagos y altera de facto el contenido del título ejecutivo. El retardo constituye un incumplimiento relativo que activa las cláusulas sancionatorias o los intereses de mora y genera la obligación de su pago. Resolver en sentido contrario configura un defecto material constitucionalmente relevante.
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- Categoría: Civil
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TEMA: MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS-La cautela innominada del literal c del numeral 1° del artículo 590 del C.G.P. no es un mecanismo de paralización automática de actuaciones externas al proceso declarativo; su decreto exige un juicio estricto de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en relación directa con el objeto del litigio. /




