Decisiones Sala Civil
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TEMA: IMPUGNACIÓN DE ACTAS DE ASAMBLEA- La impugnación sólo podrá ser intentada dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la reunión en la cual sean adoptadas las decisiones, a menos que se trate de acuerdos o actos de la asamblea que deban ser inscritos en el registro mercantil, caso en el cual los dos meses se contarán a partir de la fecha de la inscripción. /
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TEMA: REQUISITOS FORMALES DE LA DEMANDA- No le es dable subsanar la falla en que incurrió al momento de presentar el título ejecutivo, pues la impugnación está establecida para corregir un eventual yerro en que se haya incurrido en la providencia atacada para que la decisión sea reconsiderada, pero no es una oportunidad para arreglar los defectos de la actuación de la parte, con base en la cual se adoptó la decisión. /
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TEMA: RESPONSABILIDAD DE LAS EPS – Las EPS no son solo captadoras de afiliados, sino que tienen la obligación de garantizar la prestación integral, oportuna, eficiente y de calidad del servicio de salud a sus afiliados. Tienen una responsabilidad integral en la prestación de servicios de salud y deben garantizar que se realicen diagnósticos y tratamientos adecuados y oportunos. La falta de cumplimiento de estas obligaciones puede resultar en responsabilidad solidaria por los daños causados a los pacientes.
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TEMA: ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA-Presupuesto esencial de la acción de enriquecimiento sin causa, es precisamente demostrar que el aumento del patrimonio de la demandada si dio correlativamente al empobrecimiento del demandante, y en especial que ello haya ocurrido sin causa legal alguna./
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TEMA: PAGÓ TOTAL DE LA OBLIGACIÓN- Para estimarse la excepción de pago ante varias obligaciones homogéneas a cargo de la ejecutada y en favor de la acreedora, le corresponde a aquella acreditar que tal pago fue imputado inequívocamente a la obligación que se está cobrando. De la sucesión procesal en cabeza de la cónyuge supérstite./