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- Categoría: Laboral
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TEMA: PRESCRIPCIÓN - Si bien hay constancia de múltiples envíos de citaciones y avisos a través de empresa postal, lo cierto es que su cronología deja ver que la parte demandante no fue lo suficientemente diligente en el tiempo para procurar la notificación personal o en su defecto mediante auxiliar de la justicia, dentro del término establecido en la ley con el fin de lograr la interrupción del fenómeno prescriptivo./
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- Categoría: Laboral
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TEMA: PENSIÓN JUBILACIÓN CONVENCIONAL - No se advierte que las partes hubieren pactado en forma expresa, la posibilidad de percibir al mismo tiempo ambas pensiones, la legal y la convencional cubriendo el mismo riesgo, pues se indicó que la pensión de jubilación sería compartible con la de vejez, no compatible. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES POR CONFLICTO DE MEDIDAS CAUTELARES EN PROCESOS DE ALIMENTOS- La acumulación de procesos no es procedente en este caso, ya que se trata de procesos de distinta naturaleza (uno declarativo y otro ejecutivo). No se encontró responsabilidad en la Dirección de Talento Humano por no aplicar el embargo adicional, ya que legalmente no puede excederse el 50% del salario del alimentante.
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- Categoría: Laboral
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO – La ineficacia aquí declarada, no deviene el actuar negligente de la entidad, ni de que se hubiese configurado un error de hecho en la naturaleza del acto o en la identidad de la cosa como vicio en el consentimiento, tal ineficacia nace de la omisión de la AFP en cuanto a no cumplir la carga de la prueba que tanto el precedente judicial de la Corte Suprema de Justicia, como el propio art. 167 del CGP ha radicado en cabeza suya. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: CONCURRENCIA DE CULPAS - Cuando la víctima directa tiene incidencia causal en la producción del resultado dañoso derivado de una actividad peligrosa, hay lugar a la reducción de la indemnización por concurrencia de culpas, conforme con lo dispuesto en el artículo 2357 del Código Civil. /PERJUICIOS EXTRAPATRIMONIALES - Cuando la Sala encuentre que los parámetros del arbitrio judicial fueron respetados al momento de cuantificar los perjuicios extrapatrimoniales, y sin que se adviertan en las pruebas practicadas motivos suficientes para modificar su tasación, la decisión del a quo habrá de ser confirmada. El daño a la vida de relación no se presume para las víctimas indirectas de un siniestro; debe demostrarse de manera suficiente para su reconocimiento. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: INCLUSIÓN DE LOS PASIVOS EN LA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL – Las circunstancias, individual o conjuntamente estimadas, impedían la inclusión de los pasivos, en los inventarios y avalúos, ya que el recurrente no demostró, como le correspondía, su existencia, y, menos aún, la fecha de su adquisición. /