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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- Tendrán derecho a la pensión de sobrevivientes, los miembros del grupo familiar del afiliado fallecido siempre que éste hubiere cotizado por lo menos veintiséis (26) semanas en cualquier tiempo si estaba cotizando activamente al momento de la muerte; o hubiere aportado veintiséis (26) semanas dentro del año inmediatamente anterior al momento en que se produzca la muerte, de no estar cotizando activamente./
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- La convivencia “entraña una comunidad de vida estable, donde aflora el apoyo espiritual y físico, el afecto, socorro, ayuda y respeto mutuo, guiado por un destino común; lo cual descarta relaciones furtivas, casuales o esporádicas, y también aquellas que, pese a resultar prolongadas, no comportan realmente una comunidad de vida./
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TEMA: CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO- No es posible pagar las 8 horas del dominical o festivo cuando se laboral únicamente 4 horas o menos en dominical, por cuanto, este ajuste a las 8 horas que trae la cláusula convencional es únicamente aplicable para los trabajadores que laboran los dominicales y festivos en forma ocasional, y no para los trabajadores que se encuentran en turnos de trabajo./
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - El cónyuge con vínculo marital vigente, aun separado de hecho, puede reclamar válidamente una pensión de sobrevivientes siempre que haya convivido con el pensionado fallecido por lo menos 5 años en cualquier época, sin necesidad de acreditar que para el momento de la muerte del causante existía algún tipo de «vínculo afectivo», «comunicación solidaria» y «ayuda mutua», aspectos no contemplados en el precepto jurídico objeto de interpretación. /
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TEMA: OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR – Entre otras son obligaciones del trabajador: realizar personalmente la labor, en los términos estipulados; observar los preceptos del reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo particular la impartan el empleador o sus representantes, según el orden jerárquico establecido; comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime conducentes a evitarle daños y perjuicios. / OTROSÍ - Es un documento que se anexa a un contrato para modificar, agregar o eliminar las condiciones pactadas en el mismo. Es un instrumento legal que permite hacer cambios sin tener que celebrar un nuevo contrato. / DESPIDO INJUSTO- No se genera el despido injusto y se da la terminación del contrato de trabajo por justa causa, cuando se presente cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador, consagrados en el C.S.T., o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos. /
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TEMA: INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS DEL PENSIONADO- El monto de la pensión reconocida en el RAIS depende de variables que pertenecen al mundo de lo financiero, de esta manera, sin duda alguna el monto de la prestación económica puede muy diferente al que podría obtenerse en el RPM, y no por ello, con solo demostrar una diferencia en este y un valor inferior de la mesada, es que se da la demostración del daño. /