Decisiones Sala Civil
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TEMA: CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ENTRE LOS JUZGADOS SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN Y OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN. NULIDAD ARTICULO 121 CGP. “(…) no es tan cierto que cumplido el año para proferir sentencia, el juez pierda de pleno derecho la competencia y ya no pueda seguir actuando en el proceso, ya que, puede ocurrir, que ni el juez de oficio cumpla dicha regla y tampoco las partes hayan pedido su aplicación, razón suficiente para que se pueda admitir una prórroga de la competencia, (…) en el presente asunto, es posible concluir que, si cuando venció el término para proferir sentencia en el presente asunto, ni el juez de oficio declaró su falta de competencia y mucho menos lo hicieron las partes, quienes siguieron actuando con comodidad en el proceso, luego, se presentó la prórroga de competencia regulada en el arto 16 del CGP (…) por cuanto, es cierto que no se alegó a tiempo la pérdida de competencia y en la eventualidad que se hubiese proferido la sentencia, ya tampoco habría sido posible declarar la nulidad de la misma, en primera medida, por tratarse de una nulidad saneable y, en segundo lugar, bajo las particularidades del presente asunto, efectivamente subsanada, ello, ante el silencio cómplice, constitutivo de aquiescencia tácita, por parte de todos los intervinientes en el proceso judicial, lo cual, por contera, devino en que la competencia se perpetuara en cabeza del Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Medellín(…)”
PONENTE: DR. JULIAN VALENCIA CASTAÑO
FECHA: 06/11/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto
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TEMA: ERROR EN EL DIAGNÓSTICO. Los errores o fallas diagnósticas en la patología del paciente y el consecuente error en el tratamiento empleado, derivado de una mala interpretación de los síntomas o a la omisión de exámenes que, según la ciencia médica, eran necesarios y adecuados para evitar un error en el diagnóstico, generan, siempre que se acrediten los demás presupuestos axiológicos de la pretensión indemnizatoria, responsabilidad del profesional de la medicina; a no ser que esa impresión diagnostica no sea conclusiva porque las causas de la enfermedad-, puede obedecer a varias afecciones y todas ellas se ofrezcan como posibles, desde luego acorde al estado de la ciencia y el arte.
PONENTE: DRA. PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA
FECHA: 31/05/2017
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL POR EL INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Cuando en un contrato bilateral una de las partes se halle en mora de cumplir con las obligaciones a su cargo, el otro contratante que ha cumplido con las suyas o que ha estado presto a cumplirlas, tiene la prerrogativa de solicitar la resolución del contrato o el cumplimiento del mismo, en uno y otro evento con indemnización de perjuicios. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. CALIDAD DE QUIEN ELEBRA EL CONTRATO PARA SOLICITAR DE ÉL SU CUMPLIMIENTO. Quien celebra e contrato debe estar autorizado, para aducirse el incumplimiento del mismo, pues en éste reside el interés jurídico que legitima para controvertir las pretensiones incoadas.
PONENTE: DRA. MARÍA EUCLIDES PUERTA MONTOYA
FECHA: 22/11/2016
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL POR PERJUICIOS CAUSADOS DERIVADOS DE UNA CONSTRUCCIÓN/COMPETENCIA DEL A QUEM EN SEDE DE APELACIÓN / NO SE PRESUMEN LOS DAÑOS MORALES EN ESTE TIPO DE RESPONSABILIDAD. El superior sólo analiza la cuestión decidida únicamente en los reparos concretos expuestos por el apelante. Responsabilidad objetiva por el hecho de las cosas: artículos 2361 y 2060 del Código Civil, que refieren a daño causados por ruina de un edificio por vicios de la construcción. El que daña a otro creyendo que está usando un derecho abusando de él, es civilmente responsable por abuso del derecho, conforme el artículo 669 del C.C, donde basta demostrar únicamente el daño y el nexo causal, mas no la culpa la cual se presume. El reconocimiento de perjuicios morales no opera de manera automática, debe demostrarse su causación e intensidad.
PONENTE: Martha Cecilia Ospina Patiño
FECHA: 22/05/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
Salvamento de voto: Dr. GILDARDO RAMÍREZ GIRALDO.
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TEMA: Causal 4° del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012/Nulidad de Laudo Arbitral-Alcances
PONENTE: PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA
FECHA: 18/01/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL. CONTRATO DE DEPÓSITO. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Obligaciones inherentes a cada tipo de Contrato. Indemnización de perjuicios ante el denunciado incumplimiento contractual del demandado.
PONENTE: MARTHA CECILIA OSPINA PATIÑO
FECHA: 12/07/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia