Decisiones Sala Civil
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TEMA: OBJECIÓN A DICTAMEN PERICIAL - / RELACIÓN DE CAUSALIDAD EN LA RESPONSABILIDAD CIVIL – “Para determinar la relación de causalidad se debe empezar por examinar los elementos de convicción aunados al proceso, pues hasta tanto no se pruebe que el daño fue cometido por la parte demandada, resulta innecesario abordar el examen de los demás elementos axiológicos que configuran la responsabilidad invocada.” /
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TEMA: ACCIÓN POPULAR / RÉGIMEN DE PUBLICIDAD VISUAL EXTERIOR – “Una de las formas de contaminación, es la visual y para prevenirla y contrarrestarla se expidió la Ley 140 de 1994” / EXPRESIONES CULTURALES – “el elemento publicitario cumplía con los parámetros normativos del caso, conforme a la normatividad específica para el caso concreto” /
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TEMA: EXCLUSIONES EN EL CONTRATO DE SEGURO – son convencionales o legales / LEGITIMACIÓN PARA RECLAMAR - “está habilitado para reclamar un seguro, independiente de su naturaleza, quien resulte ser titular del interés asegurable, lo cual permite colegir que éste, dentro de las partes del contrato, puede ser asegurado, tomador o beneficiario.” / INTERÉS ASEGURABLE – “se ha definido como el vínculo que existe entre una persona y su propia personalidad, o entre dicho sujeto y un tercero, o entre aquel y un bien, entre otras opciones, que tiene la posibilidad de ser valorado pecuniariamente si acaece una contingencia lesiva, previamente amparada en el marco de un contrato de seguro.” /
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TEMA: AFILIACIÓN AL RÉGIMEN PENSIONAL / CÉDULA DE CIUDADANÍA – “Nuestro máximo órgano de decisión constitucional ha señalado que la cédula de ciudadanía tiene tres funciones, esto es, identificar a las personas, permitir el ejercicio de sus derechos civiles y asegurar la participación de los ciudadanos en la actividad política.”
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TEMA: LA PRUEBA DE LA CULPA EN LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, DERIVADA DE LA COLISIÓN DE ACTIVIDADES PELIGROSAS. – “Para esta judicatura, pese a la gran cantidad de teorías y a lo fluctuante del tema, debe acogerse la teoría de la mayor influencia causal en el hecho dañoso; pero, ese trabajo debe superar criterios subjetivos como la plena acreditación de la culpa, que en este tipo de situaciones estaría presunta, para acomodarse a otros, netamente objetivos, como es el desarrollo fáctico secuencial que desencadenó el percance, bajo los cuales se puede resolver la responsabilidad.” / GRADUACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD – “el artículo 2344 del Código Civil, establece que, en materia de responsabilidad extracontractual, aplica la solidaridad respecto de todos los intervinientes en el hecho dañoso.” / TASACIÓN DE PERJUICIOS MORALES – “ha distinguido la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en perjuicios morales objetivados y subjetivados.” /
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TEMA: LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA – “el cual parte de la concepción clásica de que todo demandante es titular de un derecho subjetivo cuya protección clama ante la jurisdicción a través de una acción.” / CAPACIDAD PARA SER PARTE – “es un presupuesto eminentemente del proceso, el cual se colma con el certificado de existencia y representación -como prueba de la existencia de la persona jurídica.” / RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR – el “artículo
2060 del C Civil que otorga al constructor una responsabilidad eminentemente legal, sin respecto de que haya existido una relación contractual o surgido un hecho extra contractual, puesto que el constructor responde por su calidad de tal.” / INTERPRETACIÓN DE LA DEMANDA – “que al juez le asiste el deber de interpretar la demanda, pero en esa labor hermenéutica no puede terminar supliendo la voluntad del dueño de la pretensión o, peor aún, reconstruyendo antojadizamente la estructura pretensional.” /

