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- Categoría: Laboral
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TEMA: CONTRATO DE TRABAJO-Al trabajador sólo le basta demostrar la ejecución o prestación personal de un servicio, para que opere en su favor la presunción de la existencia de un vínculo laboral, aclarando que esta presunción no releva al trabajador demandante de otras cargas probatorias tendientes a demostrar las condiciones en las que desarrolló la labor, como lo serían las fechas de ingreso y retiro, salario, cargo o jornada./
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- Categoría: Laboral
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TEMA: CONTRATO REALIDAD- La contratación a través de empresas de servicios temporales está regulada y es permitida en el ordenamiento jurídico laboral, pero lo que no se permite es que se abuse de esa modalidad de contratación para hacer parecer algo que en la realidad no lo es. la entidad demandada utilizó de manera irregular la figura de la tercerización laboral para ejecutar su objeto social o, dicho de otra manera, para desarrollar una actividad propia de su objeto social y extendida en el tiempo./
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- Categoría: Civil
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TEMA: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA- Conforme el literal c del numeral 1° del artículo 590 del CGP el Juez debe estudiar la procedencia de la medida cautelar innominada conforme la apariencia de buen derecho, necesidad, efectividad y proporcionalidad de la medida; el Estatuto del Consumidor presume solidariamente responsables al productor y al proveedor de la garantía de bienes inmuebles; en caso que el producto no cumpla con los requisitos de seguridad establecidos en reglamentos técnicos o medidas sanitarias se presume inseguro./
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- Categoría: Laboral
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA/REQUISITOS- No hay prueba de que el empleador conociera el diagnóstico, el demandante no se encontraba en una situación de discapacidad, ya que el contexto probatorio no evidencia una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, ni se demuestra que estuviera enfrentado a barreras que le impidieran el normal desempeño de sus labores./
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- Categoría: Laboral
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO – La Sala concluye que no encuentra elementos de convicción que acrediten que la AFP accionada cumplió con el deber del consentimiento informado en la forma señalada en la normatividad y jurisprudencia al momento de traslado de régimen de Prima Media con Prestación Definida al de Ahorro Individual. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO - Esta Colegiatura no encuentra elementos de convicción que acrediten que la AFP accionada cumplió con el deber del consentimiento informado al momento de traslado de régimen de Prima Media con Prestación Definida al de Ahorro Individual; sin embargo, acoge el precedente de la Corte Constitucional (SU-107 de 2024) revocando la condena a Protección S.A., de trasladar a Colpensiones los gastos de administración, que incluyen comisiones, los porcentajes destinados a conformar el fondo de garantía de pensión mínima y los valores utilizados en seguros previsionales, estos últimos con cargo a sus propios recursos; y en su lugar, absuelve de dicha condena. /