Decisiones Sala Civil
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TEMA: RECURSO DE REVISIÓN - sólo procede para los nueve casos enumerados en el artículo 355 del C. G. del P. / DOCUMENTOS– Para que proceda el recurso de revisión en la causal 1, se da por haberse encontrado después de pronunciada la sentencia, documentos que habrían variado la decisión contenida en ella, y que el recurrente no pudo aportarlos al proceso por fuerza mayor o caso fortuito o por obra de la parte contraria / MANIOBRA FRAUDULENTA – Para que proceda el recurso de revisión en la es la causal 6, se da si: i) se evidencia de una “maniobra fraudulenta”, colusiva o unilateral con entidad suficiente para incidir en la sentencia censurada; “ii) La ilicitud envuelve un perjuicio para el recurrente; y, “iii) La ilegalidad no ocurrió dentro del juicio
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TEMA: MERA TENENCIA – Es quien detenta el objeto, pero reconoce dominio ajeno; el simple lapso del tiempo no muda la mera tenencia en posesión. / POSESIÓN - Aprehensión física del bien y de la voluntad de ostentarlo como verdadero dueño, quien ha reconocido dominio ajeno no puede trocarse en poseedor, sino desde cuando de manera pública, niegue el derecho que antes reconocía y simultáneamente ejecute actos posesorios a nombre propio. / ACCIÓN DE PERTENENCIA - Se debe acreditar que recae sobre un bien que no está excluido de ser ganado por ese modo de usucapir, que ha detentado la posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el tiempo previsto por la ley, pero si originalmente fue mero tenedor, debe acreditar también el momento a partir del cual se rebeló contra el titular y empezó a ejecutar actos de señor y dueño desconociendo su dominio. /
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TEMA: DIVISIÓN POR VENTA - Al no alcanzarse un grado de conocimiento suficiente que derive en la negación de la división por venta, se impone para el juez acudir a la potestad y deber de la prueba de oficio para esclarecer los puntos de la prueba traída por la demandante, pues no se puede sacrificar el derecho sustancial del comunero de no permanecer en indivisión, ya que el objeto de los procedimientos es la efectividad de los derechos reconocidos por la ley sustancial. /
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TEMA: NULIDAD POR FALTA DE MOTIVACIÓN- La Corte precisa la órbita de la nulidad procesal referente a la ausencia de motivación, indicando que cuando existe motivación deficiente, contradictoria o impertinente, también constituyen solo aparentes motivaciones y por ello generan el vicio in procedendo. Es ‘deficiente’ la motivación, cuando los argumentos ofrecidos son tan parciales o inconclusos, que más se aproximan a lo inexistente, o a lo irreal, en vista de que lo que les falta, el complemento argumentativo que está ausente, no puede lógicamente suponerse, no está implícito ni se puede dar por sobreentendido, de forma que no es posible establecer una conexión racional y unívoca con lo decidido.
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TEMA: PERTENENCIA - Presupuestos axiológicos de la pertenencia. / SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN- La normatividad civil prevé la figura de la suspensión de la prescripción ordinaria y señala que esta ópera a favor de los incapaces, entre los que se encuentran los menores de edad./ POSESIÓN- La posesión del comunero, apta para prescribir, ha de estar muy bien caracterizada, en el sentido de que, por fuera de entrañar los elementos esenciales a toda posesión, tales como el desconocimiento del derecho ajeno y el transcurso del tiempo, es preciso que se desvirtúe la coposesión de los demás copartícipes.
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TEMA: NULIDAD CONSTITUCIONAL- La nulidad de orden constitucional obedece a la prueba obtenida con violación del debido proceso, lo cual no puede confundirse con un calamo currente que fue debidamente dilucidado en la diligencia de secuestro, por lo que se tiene como debidamente individualizado el correspondiente inmueble. / NULIDAD- Para configurarse la causal de nulidad prevista en el numeral 2º del artículo 133 del C. G. del P., en el sentido de proceder “contra providencia ejecutoriada del superior”, es necesario que aquella decisión esté integrada en la parte resolutiva de la correspondiente providencia, y no sea solo un obiter dictum.