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TEMA: DECRETO DE NULIDAD - La Ley establece que la competencia de los jueces de segunda instancia está limitada a la resolución de los recursos interpuestos por las partes o intervinientes en los procesos, lo cual significa que las razones de la decisión de una segunda instancia la demarcan la providencia de primera y los motivos de disenso expuestos por los apelantes, por lo que sí una parte no fue notificada desde el trámite inicial del proceso extintivo, debe vinculársele para que ejerza su derecho y para que ello sea posible, debe de decretarse la nulidad de todo el trámite desde el auto que admitió la acción extintiva y ordenó la notificación de los afectados.
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TEMA: DECRETO DE PRUEBAS - Supeditado a la pertinencia, conducencia y utilidad, aspecto sine qua non para su legitimidad en el proceso.
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TEMA: EXTINCIÓN DE DOMINIO - Si bien el afectado en el proceso de extinción del derecho de dominio está en la obligación de demostrar la legalidad del origen y destinación de su haber, ello en manera alguna exime al Estado del deber de probar la materialización de la causal extintiva. /
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TEMA: ACCIÓN DE TUTELA - Es obligación de la ciudadanía certificar la radicación de la solicitud ante la autoridad competente y con el lleno de los requisitos. /
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TEMA: ACCIÓN DE TUTELA - Cuenta con unos requisitos de procedibilidad que deben cumplirse para alcanzar el amparo postulado por los demandantes, dentro de los cuales se encuentran el principio de legitimación en la causa, subsidiariedad y perjuicio irremediable. /
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TEMA: RESPUESTA DE FONDO - Debe ser: (i) clara, inteligible y de fácil comprensión; (ii) precisa, de forma tal que atienda, de manera concreta, lo solicitado, sin información impertinente y sin incurrir en fórmulas evasivas o elusivas; (iii) congruente, es decir, que abarque la materia objeto de la petición y sea conforme con lo solicitado, y (iv) consecuente, lo cual implica que no basta con ofrecer una respuesta como si se tratara de una petición aislada; sino que, si resulta relevante, debe darse cuenta del trámite que se ha surtido y de las razones por las cuales la petición resulta o no procedente.. /

