Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PENSIÓN ANTICIPADA DE VEJEZ- Aparte de los requisitos establecidos en la ley, no es procedente añadir requisitos adicionales ni imponer condicionamientos distintos./
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO - En los casos en los que se declare la ineficacia del traslado habrá de declararse la devolución de los recursos disponibles en la cuenta de ahorro individual, rendimientos y eventualmente el bono pensional si ha sido efectivamente pagado, obligación que recae en la AFP en donde se encuentre actualmente afiliado el pretensor. /
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TEMA: PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL- Para acreditar la pérdida de capacidad laboral, debe respetarse la libertad probatoria de la que están asistidos los juzgadores de instancia; explicando que si el Juez, para definir una determinada controversia, se ve enfrentado a dos dictámenes disímiles, podrá escoger para fundamentar su decisión, aquél que le merezca mayor credibilidad, dentro del marco de libertad probatoria que le asiste./
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TEMA: PENSIÓN DE INVALIDEZ- Para configurar la invalidez superior al 50% de PCL, requiere de un análisis cuidadoso de la historia clínica y luego de realizar los tratamientos o intervenciones correspondientes sin conseguir la recuperación o la superación de las barreras que imponen ciertas enfermedades, se determine el momento a partir del cual, se presenta esta disminución de manera definitiva.
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TEMA: PENSIÓN DE INVALIDEZ- Es necesario resaltar que la diferencia de la pensión de invalidez, con la pensión anticipada de vejez radica en el porcentaje de la calificación o los criterios por tener en cuenta para la calificación de la invalidez, de conformidad con Decreto 1507 de 2014, pues dichos criterios de calificación corresponden a la deficiencia, la discapacidad y la minusvalía, que sumados arrojan un porcentaje total de 100 %, con lo cual, para hacerse merecedor de la pensión de invalidez requiere de un porcentaje superior al 50 % de la sumatoria de los 3 criterios, mientras que para la pensión anticipada de vejez exige el 50 % como mínimo, pero sólo del criterio relacionado con la deficiencia.
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO- La elección del régimen pensional, trasciende el simple deber de información, ya que la administradora tiene el deber del buen consejo, que la compromete a un ejercicio más activo al proporcionar la información, de ilustración suficiente dando a conocer las diferentes alternativas, con sus beneficios e inconvenientes./