Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES / CÓNYUGE SEPARADA DE HECHO - resulta necesario probar: i) la convivencia de cinco años en cualquier momento con anterioridad a la muerte y ii) la existencia de sociedad conyugal vigente / INTERESES MORATORIOS /
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TEMA: CONTRATO DE TRABAJO / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA - no basta la afirmación para predicar la existencia de una solidaridad, pues, aunque la Corte en su jurisprudencia ha señalado que el beneficiario de la obra debe responder solidariamente, lo cierto, es que dentro del proceso debe existir suficiente prueba de que se benefició de la misma, para poder endilgar una responsabilidad /
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TEMA: CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES O MANDATO - El contrato de mandato es ley para las partes y genera obligaciones entre quienes lo celebran; para el caso de los mandantes surge la obligación de pagar los honorarios que puede ser por un valor determinado al inicio o durante el curso del proceso, o también al finalizar favorablemente la gestión judicial si se trata de un pacto por cuota Litis. /
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TEMA: CÁLCULO ACTUARIAL - Para el reconocimiento de la pensión de vejez se tendrá en cuenta “…El tiempo de servicios como trabajadores vinculados con aquellos empleadores que por omisión no hubieren afiliado al trabajador…”. / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL ICBF – La corte ha precisado que no se configura responsabilidad solidaria del ICBF por las obligaciones laborales generadas a cargo de administradores de hogares infantiles, en el marco de un contrato de aportes. /
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TEMA: INEFICIENCIA DE TRASLADO - El juez debe constatar el deber de información como un elemento ineludible de la ineficacia del acto jurídico / INDEXACIÓN /
HECHOS: La diferencia jurídica que se plantea en este caso, consiste en la pretensión de la parte actora en punto que se declare ineficaz el traslado que efectuó desde el Fondo público y común administrado por el ISS, al Fondo privado de ahorro individual, fundada en una insuficiente información por parte de esta última entidad en cuanto a las consecuencias reales de dicha determinación, razones fehaciente para que el juez de instancia despachara favorable la demanda. De la presente decisión se conoce en grado jurisdiccional de Consulta en favor de COLPENSIONES, toda vez que ninguna de las partes interpuso recurso de apelación.
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TEMA: INCREMENTOS PENSIONALES - no forman parte integrante de la pensión de invalidez o de vejez que reconoce el instituto de seguros sociales y el derecho a ellos subsiste mientras perduren las causas que le dieron origen / DERECHOS ADQUIRIDOS - quienes se hayan pensionado con anterioridad a la expedición de la Ley 100 y hayan en ese momento cumplido con los presupuestos de la norma, conservan el derecho de incremento pensional que se les llegó a reconocer y de que ya venían disfrutando, siempre y cuando mantengan las condiciones requeridas /


