Decisiones Sala Laboral
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 8 mins
- Visitas: 231
TEMA: NOCIÓN DE CONVIVENCIA - No es el simple hecho de la residencia en una misma casa lo que la configura, sino otras circunstancias que tienen que ver con la continuidad consciente del vínculo, el apoyo moral, material y efectivo y en general el acompañamiento espiritual permanente que den la plena sensación de que no ha sido la intención de los esposos finalizar por completo su unión matrimonial, sino que por situaciones ajenas a su voluntad hacen que la unión física no pueda mantenerse dentro de un mismo lugar. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 7 mins
- Visitas: 213
TEMA: CONTRATO DE TRABAJO – La expiración del término del contrato de trabajo, es una causal de terminación; al indicar que el cumplimiento del plazo será causal objetiva, solo si se demuestre además que desapareció la causa que dio origen al vínculo o la necesidad empresarial, de lo contrario se genera una presunción que la no prórroga del contrato tuvo un origen discriminatorio. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 5 mins
- Visitas: 206
TEMA: INTERESES MORATORIOS - Deben ser impuestos siempre que haya retardo en el pago de las mesadas pensionales, independientemente de la buena o mala fe del fondo pensional, o de las circunstancias que hayan rodeado la solicitud del derecho pensional en sede administrativa, como quiera que lo que se busca con dicho rédito es el resarcimiento económico para aminorar los efectos adversos causadas por la mora del deudor en el cumplimiento de sus obligaciones, debido a su carácter resarcitorio y no sancionatorio. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 6 mins
- Visitas: 245
TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO – Se debe declarar cuando quiera que: i) la insuficiencia de la información genere lesiones injustificadas en el derecho pensional del afiliado, impidiéndole su acceso al derecho; ii) no será suficiente la simple suscripción del formulario, sino el cotejo con la información brindada, la cual debe corresponder a la realidad; iii) en los términos del artículo 1604 del Código Civil, corresponde a las Administradoras de Fondo de Pensiones allegar prueba sobre los datos proporcionados a los afiliados, los cuales, de no ser ciertos, tendrán además las sanciones pecuniarias del artículo 271 de Ley 100 de 1993, y en los que debe constar los aspectos positivos y negativos de la vinculación y la incidencia en el derecho pensional. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 9 mins
- Visitas: 245
TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA – No es admisible que el empleador se limite a pagar el salario del trabajador con sus respectivos aportes y prestaciones, sin la prestación efectiva de un servicio, obstinado en la premisa, de que el servidor no cuenta con habilidades para ejercer otra labor distinta a la de conducir vehículos, porque, en la práctica agudiza y profundiza las barreras que pretenden disminuirse, e impide al trabajador desarrollar nuevos talentos o conocimientos que deriven en un beneficio propio, para la empresa y la sociedad en general./
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 7 mins
- Visitas: 202
TEMA: AUXILIO ESPECIAL DE TRANSPORTE - Al trabajador le corresponde probar que recibió efectivamente beneficios extralegales de manera habitual y constante, mientras que el empleador deberá demostrar que ellos no retribuyeron directamente el servicio, so pena de que se declare su naturaleza salarial. / DESPIDO INDIRECTO - Se debió probar sin duda alguna la imposibilidad de reubicación de la trabajadora en un cargo que, implicara mayor flexibilidad horaria, para cumplir con sus obligaciones como mujer y madre. / SOLIDARIDAD - La solidaridad del beneficiario de la obra realizada por el trabajador, no se presenta automáticamente, o en todos los eventos, sino exclusivamente cuando las labores desempeñadas por el empleado no sean ajenas al giro ordinario de sus negocios. /