Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PÉRDIDAS ECONÓMICAS – La suscripción de un documento que avala el descuento en el salario obedece al traslado de una pérdida de la empresa y no a una responsabilidad del trabajador, porque se estarían desconociendo las garantías mínimas legales para el trabajador, por lo que se prohíbe que éste asuma las pérdidas económicas del empleador. / CARGA DE LA PRUEBA - Incumbe al trabajador probar de manera contundente los hechos u omisiones invocados en sustento de su pretensión, en acatamiento de la regla general de la carga de la prueba, si el empleador pretende liberarse de dicha responsabilidad, la carga de la prueba se invierte, y entonces corresponde al empleador demostrar que actuó con la suficiente diligencia y cuidado y que cumplió con sus deberes de protección y seguridad para con el trabajador. /
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TEMA: APLICACIÓN DE LA SANCIÓN DISCIPLINARIA – Antes de aplicarse una sanción disciplinaria el patrono debe dar oportunidad de ser oído tanto al trabajador inculpado como a dos (2) representantes del sindicato a que éste pertenezca. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria que se imponga pretermitiendo este trámite. / TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO CON JUSTA CAUSA - Pertenece a la facultad legal que tiene el empleador de extinguir definitivamente la relación laboral, y en caso de que éste provenga injusto la ley tiene previsto el resarcimiento de perjuicios en favor del trabajador. / DEBIDO PROCESO - Este se aplica no solo a las actuaciones judiciales y administrativas del Estado, sino también cuando se haga uso de la facultad disciplinaria la cual se define como la prerrogativa de un sujeto para imponer sanciones o castigos para mantener el orden al interior de las organizaciones privadas. /
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TEMA: CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO - Por tener la convención colectiva un claro contenido regulador y constituir sus cláusulas derecho objetivo, la misma adquiere el carácter de fuente formal del derecho. No obstante, por razón de su contenido, se considera que es una norma jurídica de efecto restringido, aplicable tan sólo a las partes firmantes del acuerdo y eventualmente a otros trabajadores de la empresa. /
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Tendrán derecho a la pensión de sobrevivientes, los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o invalidez por riesgo común que fallezca y, los miembros del grupo familiar del afiliado al sistema que fallezca, siempre y cuando éste hubiere cotizado cincuenta semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento. / RELACIÓN LABORAL SUBORDINADA - El afiliado que tenga la condición de trabajador subordinado causa la cotización con la prestación efectiva del servicio, y si el empleador no cumple la obligación de pago oportuno y la administradora de pensiones no adelanta las acciones pertinentes para obtener el recaudo de los aportes en mora, es a ella a quien corresponde asumir el reconocimiento de la pensión en caso de que esta se llegue a causar. /
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TEMA: DESPIDO SIN JUSTA CAUSA- La terminación de contratos de trabajo a término fijo por expiración del plazo fijo pactado es una causa o modo legal de terminación, de ahí que no se tenga derecho al reintegro ni a la indemnización que se suplica de manera subsidiaria./
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- Es menester memorar que, bajo la nueva línea de pensamiento y acorde con la jurisprudencia, tratándose de la muerte del afiliado, tanto a la compañera como a la cónyuge les compete comprobar la vocación de familia que se tenía al momento del fallecimiento de la persona causante. /

