Decisiones Sala Civil
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TEMA: DIVISIÓN MATERIAL - Todo comunero puede pedir la división material de la cosa común o su venta para que el producto sea distribuido entre los condueños /
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TEMA: CONCURRENCIA ACTIVIDADES PELIGROSAS - Para establecer quién es el responsable en un específico evento, el análisis no debe gravitar sobre la culpa, sino que debe auscultar el devenir circunstancial de la contingencia, en orden a lograr esa tarea, por la exclusiva definición de la incidencia de cada partícipe en el hecho dañoso. RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS AFILIADORAS - Cuando la empresa solo presta el servicio de afiliación, pero el automotor queda bajo la guarda, dirección y control del dueño o un tercero, a la compañía no se le podría endilgar responsabilidad por actividades peligrosas de que trata el artículo 2356 del C. Civil.
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TEMA: CONTRATO DE OBRA - Contrato por el que una persona, denominada contratista, se obliga, a cambio de un precio cierto, respecto de otra, denominada contratante, a obtener un resultado determinado. / INCUMPLIMIENTO EN ENTREGA DE OBRA - Cuando expresamente se establece una condición resolutoria si no se entrega la obra en el plazo pactado puede instarse la resolución del contrato. /
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TEMA: RESPONSABILIDAD MEDICA - corresponde al demandante demostrar, entre otros presupuestos, el hecho culposo, es decir, la omisión o el actuar negligente, imprudente, con impericia o violación de reglamentos del facultativo demandado; mientras que al resistente le incumbe acreditar que fue diligente y cuidadoso. / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LAS EPS E IPS - Conforme lo ha establecido la Ley 100 de 1993 su función se extiende a lograr el cumplimiento de los fines del sistema de seguridad social en salud de cara a la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia./ REGULARIDAD CAUSAL - Solo pueden ser consideradas causas jurídicas de un perjuicio los acontecimientos que, eliminando el elemento volitivo, deberían producirlo normalmente (probabilidad), es decir, excluyendo el azar.
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TEMA: USUCAPIÓN - es una consecuencia de la posesión ejercida por el poseedor, quien viene ejecutando actos repetidos y continuos de dominio, durante el tiempo señalado en la norma. / RESTITUCIONES MUTUAS- Resulta palmario que las restituciones mutuas, cuando prospera la pretensión reivindicatoria, son un mandato ineludible. Por tanto, el establecer las que deben ser ordenadas lo determinan los artículos 962 y siguientes del C.C., diferenciando entre el poseedor vencido de buena o mala fe. / EXPENSAS NECESARIAS – han de reconocerles al poseedor que invirtió en la conservación del bien, como fueron los pagos de las cuotas deadministración /
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TEMA: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO - Es un modo de adquirir las cosas ajenas que han estado en posesión pacífica y tranquila una cierta cantidad de tiempo y dicha posesión se la ha realizado con el ánimo de señor y dueño sobre el bien en posesión. /DECLARACIÓN DE PERTENENCIA - Procede cuando una persona que se ha comportado como propietario o dueño de un predio sin serlo jurídicamente, esto quiere decir poseedor, se puede volver propietario de este por orden del juez. /


