Decisiones Extinción de Dominio
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TEMA NECESIDAD, RAZONABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LAS MEDIDAS CAUTELARES - La Fiscalía no motivó la proporcionalidad de la imposición de las cautelas respecto del inmueble, pues en la disposición insertó argumentos exclusivamente en torno a la suspensión del poder dispositivo, reiteró las graves actividades delictivas a las que estaban dedicados los integrantes y familiares del grupo delincuencial, pero de ninguna manera se refirió adecuadamente frente a porqué la afectaba debía soportar las cautelas más limitadoras del derecho de propiedad, lo cual le era impositivo plasmarlo de manera específica. /
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TEMA: EXTINCIÓN DE DOMINIO POR EQUIVALENCIA DEL VALOR PATRIMONIAL - Está demostrado que para el año 2015 la citada ciudadana adquirió un bien inmueble, el cual pagó con un subsidio de vivienda que le otorgó Fonvivienda; que es el único bien con que cuenta y es equivalente, incluso de valor inferior, al dinero que esta percibió en su dedicación a las actividades ilícitas en un interregno anterior a la adquisición del inmueble del que se declaró su extinción. /
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TEMA: OPORTUNIDAD PARA EJERCER DEFENSA Y RECONOCIMIENTO COMO TERCERA DE BUENA FE - Ante la cadena de irregularidades que conllevó al resultado desafortunado que culminó por afectar los intereses de la ciudadana, lo que se impone es dejar sin valor, no solo la sentencia de primera instancia que no accedió a la pretensión extintiva, sino también el trámite completo del proceso, desde el auto que admitió la demanda y ordenó notificar de ella a los afectados, inclusive, para incluir en este a la recurrente y tenga la oportunidad de oponerse, si así lo desea, a la pretensión de la fiscalía, es más, que pueda, en su oportunidad, solicitar y presentar pruebas y con ello demostrar su alegada buena fe exenta de culpa. /
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TEMA: OPORTUNIDAD PARA EJERCER DEFENSA Y RECONOCIMIENTO COMO TERCERA DE BUENA FE - Ante la cadena de irregularidades que conllevó al resultado desafortunado que culminó por afectar los intereses de la ciudadana, lo que se impone es dejar sin valor, no solo la sentencia de primera instancia que no accedió a la pretensión extintiva, sino también el trámite completo del proceso, desde el auto que admitió la demanda y ordenó notificar de ella a los afectados, inclusive, para incluir en este a la recurrente y tenga la oportunidad de oponerse, si así lo desea, a la pretensión de la fiscalía, es más, que pueda, en su oportunidad, solicitar y presentar pruebas y con ello demostrar su alegada buena fe exenta de culpa. /
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TEMA: ILEGALIDAD Y LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES - Si bien es cierto el afectado obtuvo los bienes señalados previo a que fungiera como representante legal suplente de la sociedad S.A.S.-En Liquidación, era deber de la Fiscalía aportar los elementos mínimos de juicio de los que se pudiera desprender el probable nexo de las actividades ilícitas y las causales endilgadas; que en este caso no se colmó ni siquiera su inferencia. Ante la insuficiencia de medios de juicio necesarios, resulta inminente que se declare la legalidad de la imposición de las medidas cautelares frente a los inmuebles que se pretende afectar con estas. /
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TEMA: RECHAZO INDEBIDO DE LA APELACIÓN - Considera la Sala que ya sea porque, como se explicó previamente, el término de los seis días no debía contarse desde el 21 sino desde el 23 de julio, y por ende la apelación interpuesta el 30 se presentó dentro del plazo legal; o bien porque el escrito fue radicado y sustentado el 23, aunque enviado a una dirección electrónica incorrecta por un error involuntario, lo cierto es que, en cualquiera de los escenarios, la impugnación fue presentada en tiempo./






