Decisiones Sala Laboral
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TEMA: TASA DE REEMPLAZO- Pende del nivel de ingresos del afiliado y del monto máximo del número de semanas cotizadas; no obstante, las cotizaciones efectuadas a partir del porcentaje máximo del 80% no se computan, ni procede su devolución, en virtud del principio de solidaridad, expresado en ese tope porcentual sobre el límite de salarios mínimos a los que puede llegar el monto de la prestación pensional otorgada por el Sistema General de Pensiones de la Ley 100 de 1993. /
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TEMA: RELACIÓN LABORAL- A la parte demandante le basta con probar la prestación o la actividad personal, y los extremos de la misma para que se presuma el contrato de trabajo y es a la parte demandada a quien le corresponde desvirtuar dicha presunción./PRESCRIPCIÓN- Para interrumpir la prescripcion, el demandante debera presentar reclamación al empleador o haber presentado la demanda que interrumpe la prescripción dentro de los tres años siguientes./
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- La comunidad de vida de la pareja no desaparece de manera inexorable ante la sola ausencia física de uno de los cónyuges por circunstancias particulares originadas en el trabajo, la salud o la fuerza mayor siempre que ello no signifique la pérdida de la comunidad de vida ni la vocación de la vida en común, pues lo que interesa para que esa convivencia exista es que en realidad se mantengan, el afecto, el auxilio mutuo, el apoyo económico, y el acompañamiento espiritual./
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA- El demandante debe demostrar que su condición de salud constituye una limitación física relevante que le impida o dificulte significativamente el normal y adecuado desempeño de las actividades relacionadas con el cargo,la interacción de la deficiencia con el entorno laboral./
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - El requisito de los 5 años de convivencia de que trata el precepto contenido en el literal a) del art. 13 de la Ley 797 de 2003, que modificó el art. 47 de la Ley 100 de 1993, es exigible indistintamente de que el causante sea un afiliado o pensionado, en cualquiera de las hipótesis que se desprenden de la misma. / ENFOQUE DE GÉNERO - Un análisis con perspectiva de género no significa que el juez colegiado deba pasar por alto las contradicciones que surjan del contenido de las pruebas, puesto que, independientemente que se trate de parejas heterosexuales o del mismo sexo, el requisito de la convivencia para acceder a la pensión de sobrevivientes debe quedar suficientemente demostrado en el proceso.
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TEMA: INCONSISTENCIAS EN LA HISTORIA LABORAL- La jurisprudencia constitucional ha impuesto a las administradoras de pensiones deberes que suponen especial diligencia y cuidado en el registro de la información, por lo que, ante inconsistencias o errores, la carga de la prueba recae en ellas, sin que los efectos desfavorables puedan trasladarse al afiliado, por lo demás, parte más débil de la situación / INCOMPATIBILIDAD CON INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA- El solo reconocimiento de la indemnización sustitutiva no impide la contabilización de las semanas para la pensión, si ninguna suma haya sido cobrada, por lo que ningún detrimento patrimonial se configuraría y menos se subsidiarían dos prestaciones con los mismos aportes./







