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- Categoría: Familia
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TEMA: UNIÓN MARITAL DE HECHO – La unión marital de hecho no se configura por simples relaciones casuales, ocasionales, efímeras, transitorias, esporádicas, o azarosas, sino en virtud de la unión de personas no casadas entre sí que conviven more uxorio, hacen comunidad de vida estable y permanente plasmada en las relaciones sexuales, la ayuda, el socorro mutuo y la affectio marital. / COMUNIDAD DE VIDA PERMANENTE - La permanencia es la duración firme, la constancia, la perseverancia y, sobre todo, la estabilidad de la comunidad de vida, y excluye la que es meramente pasajera o casual. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: PROCESO EJECUTIVO - Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia, y los demás documentos que señale la ley. / CLARIDAD, EXIGIBILIDAD Y EXPRESIVIDAD DE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS - Consiste en que el documento que la contenga sea inteligible, inequívoco y sin confusión en el contenido y alcance obligacional de manera que no sea oscuro con relación al crédito a favor del acreedor y la deuda respecto del deudor. Que los elementos de la obligación, sustancialmente se encuentren presentes, los sujetos, el objeto y el vínculo jurídico. Tanto el préstamo a favor del sujeto activo, así como la acreencia en contra y a cargo del sujeto pasivo. /
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- Categoría: Civil
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TEMA: ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL - Que todo daño ocasionado debe repararse. El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización, sin perjuicio de la pena principal que la ley imponga por la culpa o el delito cometido. / CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA - Se memora que el eximente conocido como «hecho de la víctima» se presenta cuando la actuación de aquella constituyó la causa exclusiva o concurrente del daño. /
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- Categoría: Laboral
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TEMA: SUSTITUCIÓN DE EMPLEADORES - Todo cambio de un empleador por otro, por cualquier causa, siempre que subsista la identidad del establecimiento, es decir, en cuanto éste no sufra variaciones esenciales en el giro de sus actividades o negocios. / RESPONSABILIDADES ENTRE EMPLEADORES - Frente a las responsabilidades entre el antiguo y el nuevo empleador, la situación se encuentra regulada en los artículos 69 y 70 del C.S.T. en los que se dispone que el antiguo y el nuevo empleador son responsables solidariamente por las obligaciones que sean exigibles al momento de la sustitución, y aquellas que surjan con posterioridad a esa fecha, solo corresponden al nuevo empleador. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: DIVORCIO DEL MATRIMONIO CIVIL-Los requisitos, para que surja la causal , estipulada por el Código Civil, artículo 154 numeral 8, la separación de hecho, entre los casados, debe haber perdurado por más de dos (2) años, contados hacía atrás, a partir de la fecha, de la presentación de la demanda./ FACULTADES OFICIOSAS DE LOS JUECES, PARA RESOLVER EXTRA Y ULTRA PETITA- En los asuntos de familia, el juez sólo podrá fallar ultra-petita y extra-petita, cuando sea necesario para brindarle protección adecuada a la pareja, al niño, la niña, o adolescente ,a la persona con discapacidad mental o de la tercera edad, y prevenir controversias futuras de la misma índole. /
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- Categoría: Familia
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TEMA: CUOTA ALIMENTARIA PROVISIONAL - Se otorgan, cuando se acreditan los elementos axiológicos de la obligación alimentaria: i) la necesidad del alimentario; ii) la existencia de un vínculo jurídico, ya de afinidad, ora de consanguinidad o de naturaleza civil, para el caso de los adoptivos, o en las hipótesis del donante; y iii) capacidad del alimentante. / IN LIMINE - Rechazo del recurso por parte de los jueces, cuando no se ajusten a las reglas establecidas en la ley. /