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TEMA: CAMBIO DE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA SIN BASE FÁCTICA EN LOS PREACUERDOS - Al celebrar un preacuerdo el fiscal no puede seleccionar libremente el tipo penal correspondiente, sino que deberá obrar de acuerdo con los fundamentos fácticos y probatorios que resultan del caso.
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TEMA: RELEVANCIA DE LA PRUEBA – La relevancia es una condición necesaria, pero en muchos casos no suficiente para la admisibilidad de cualquier elemento de prueba. Para que un elemento de prueba sea admisible debe satisfacer una variedad de demandas adicionales a la relevancia./ ENFOQUE DE GÉNERO- El enfoque de género se debe llevar a cabo desde que la Policía Judicial genera las primeras hipótesis factuales y, a partir de las mismas, realiza actos urgentes, así como en el diseño del programa metodológico por parte del fiscal, orientado a establecer sus aspectos más relevantes y la adopción de las medidas procesales necesarias para que en el juicio oral las evidencias puedan ser presentadas y debidamente autenticadas./ PRUEBA DE REFERENCIA - La Corte ha dilucidado el derecho constitucional a no declarar en juicio y la posibilidad de admitir como prueba de referencia sobreviniente la versión anterior de la víctima, cuando el ejercicio de este privilegio no proviene de una decisión libre, en especial cuando se trate de delitos de violencia de género.
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TEMA: TESTIMONIO ADJUNTO - Requiere de la disponibilidad del testigo y que ofrezca en el juicio una versión diferente a la que había ofrecido por fuera del debate, lo que permite confrontarlo con el interrogatorio posterior a la lectura que el testigo hace de sus declaraciones anteriores.
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TEMA: EL INSTITUTO DE LA COAUTORÍA - Coautoría es, subjetivamente, comunidad de ánimo; y objetivamente, división de tareas e importancia de los aportes. En la coautoría el dominio del hecho es «funcional» mediante la distribución de los papeles acordados. / LA SALVAGUARDA DE NO AUTOINCRIMINACIÓN - La salvaguarda de no auto incriminación únicamente opera cuando el indiciado ha sido individualizado de forma unívoca o identificado de manera inequívoca a fin de que pueda ejercer a plenitud su derecho de defensa. / COAUTORÍA EN EL PORTE ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO - Es criterio dominante que solamente es dable reputar como coautores a quienes intervienen en la fase ejecutiva del delito, no así quienes actúan con posterioridad a la consumación del mismo. / CARGA DINÁMICA DE LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL - El principio de la carga dinámica de la prueba es sencillamente que «corresponde probar un hecho determinado, a quien se encuentre en mejores condiciones para hacerlo».
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TEMA: IMPARCIALIDAD DEL JUEZ - La imparcialidad del juez, además de una característica, es un pilar básico de la estructura del proceso penal que hoy rige en Colombia. / EL ROL DEL JUEZ DE CONOCIMIENTO EN LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA TESTIMONIAL - El juez de la causa, en materia de prueba testimonial, debe tener diligente cuidado para no rebasar aquellas facultades en forma tal que al ejercerlas no emprenda una actividad inquisitiva encubierta. / NULIDAD EN EL PROCESO PENAL - Se ha traído el tema de las nulidades como un remedio extremo a aplicar en aquellos eventos donde existan insalvables yerros en el procedimiento que den al traste con las garantíasfundamentales.
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TEMA: LEGITIMIDAD PARA ACTUAR EN CABEZA DE LOS DIRIGENTES DE COMUNIDADES INDÍGENAS A FAVOR DE SUS MIEMBROS - cuando: (i) se trate de la defensa de derechos fundamentales que puedan predicarse de la comunidad, (ii) cuando se trate de la defensa de derechos subjetivos de sus miembros y (iii) cuando esté de por medio la defensa de los derechos de los niños. / TRASLADO A RESGUARDO ÍNDIGENA – su objeto es la protección de la persona indígena de su aculturación derivada de su permanencia al interior de un establecimiento de reclusión ordinario, así como de la comunidad misma de perder a uno de sus miembros.