Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PENSION DE SOBREVIVIENTE – la adición de tiempos públicos servidos y semanas cotizadas para acceder a la pensión de sobrevivientes, solo resulta posible, respecto de circunstancias fácticas suscitadas en vigencia del sistema general de seguridad social /
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TEMA: OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR DE PAGAR EL TÍTULO PENSIONAL - Los empleadores tenían a cargo la prestación de pensión de vejez hasta tanto el Instituto de Seguros Sociales (en adelante ISS) asumiera la obligación y ello implicaba una obligación de hacer un aprovisionamiento con el fin de cumplir con esta obligación patronal. / DE LA INDUCCIÓN EN ERROR - Tanto el empleador, como las administradoras de pensiones, son responsables de almacenar correctamente la información que reposa en su poder sobre la historia laboral de una persona. / INTERESES MORATORIOS /
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TEMA: SUSTITUCIÓN PENSIONAL EN CONDICIÓN DE ESTUDIANTE- tendrán derecho a la pensión, los hijos menores de 18 años y los mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios, siempre y cuando dependan económicamente del causante al momento de su muerte / PRESCRIPCIÓN DE LAS MESADAS – dispone de un término de 3 años para que los derechos a la seguridad social que no tengan un término especial se vean afectados por este medio extintivo. / INTERESES MORATORIOS - el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes debe hacerse a más tardar dentro de los 2 meses siguientes a la radicación de la solicitud /
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TEMA: CONCURRENCIA DE CONTRATOS - Se da cuando entre el mismo empleador y trabajador concurren contratos diferentes al laboral, realizando así varios, pero conservando cada uno de manera individual su identidad. / PROCEDENCIA DE LA SANCIÓN MORATORIA - La imposición de la sanción solicitada, precisa de tres elementos: i) terminación del contrato de trabajo ii) quedar adeudando salarios y prestaciones sociales, y iii) que el empleador actué de mala fe. / BUENA FE LIBERATORIA - Debe ser probada por el patrono deudor mediante la aportación de pruebas o aducción de razones atendibles que permitan inferir buena fe. /
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TEMA: PAGO DE LOS INTERESES MORATORIOS – Estos corresponden al valor generado como consecuencia del no pago oportuno de las mesadas pensionales. /
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TEMA: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PENSIÓN DE VEJEZ – Compatible con pensión sanción Ley 171 de 1969, ya que las prestaciones tienen diferente finalidad, naturaleza, fuente de financiamiento y están a cargo de distintas entidades.


