Decisiones Sala Civil
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TEMA: CONFLICTO DE COMPETENCIA – La eventual subrogación no vincula al Juzgado como competente para conocer del proceso ejecutivo, porque las pretensiones no derivan de una decisión judicial proferida por el Juzgado y por ende, los presupuestos fácticos planteados en la demanda ejecutiva, que convoca la atención de este despacho, no se encuadran en los previstos en el artículo 306 del estatuto procesal.
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TEMA: ADMISIÓN, INADMISIÓN Y RECHAZO DE LA DEMANDA - El juez admitirá la demanda que reúna los requisitos de ley, y le dará el trámite que legalmente le corresponda, aunque el demandante haya indicado una vía procesal inadecuada. Por otra parte, el juez rechazará la demanda cuando carezca de jurisdicción o de competencia o cuando esté vencido el término de caducidad para instaurarla. En los dos primeros casos ordenará enviarla con sus anexos al que considere competente; en el último, ordenará devolver los anexos sin necesidad de desglose. /
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TEMA: TITULO EJECUTIVO - Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción. Consiste en que el documento que lo contenga sea inteligible, inequívoco y sin confusión en el contenido y alcance obligacional de manera que no sea oscuro con relación al crédito a favor del acreedor y la deuda respecto del deudor. /
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL - Toda persona que sufra un perjuicio tiene derecho a reclamar indemnización por los daños sufridos, tanto de forma directa como indirecta. La vía para esta reclamación puede ser tanto contractual como extracontractual, dependiendo de la naturaleza del menoscabo causado. /ACTIVIDAD PELIGROSA- El ejercicio de la actividad peligrosa hace presumir la responsabilidad en cabeza de quien la ejerce, siendo la única forma que tiene el agente para exonerarse de dicha responsabilidad, la acreditación de la presencia de alguna causa extraña: fuerza mayor o el caso fortuito, el hecho de un tercero o la culpa exclusiva de la víctima; en virtud de las cuales se destruye el nexo de causalidad. /
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TEMA: PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA - La extintiva o liberatoria, exige un periodo de tiempo determinado durante el cual el titular de la acción no la haya ejercido, término que en los eventos de simulación es de diez (10) años, como lo consagran los artículos 2535 y 2536 ibídem, en virtud del carácter declarativo de la acción. /
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TEMA: SUSTENTACIÓN DE LA APELACIÓN - Cualquier asunto que no haya sido advertido en los reparos impide la revisión por parte del Tribunal, puesto que se afectaría el derecho de contradicción de la parte no recurrente.


