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TEMA: DESPIDO INDIRECTO. Indemnización por despido de persona en estado de embarazo. ESTABILIDAD REFORZADA. La causa del despido debe deberse a dicha condición y probarse que el despido se dio en razón de ello. CARGA DE LA PRUEBA. Quien tiene interés jurídico en que un hecho resulte probado, no lo logra, debe correr con las consecuencias adversas o desfavorables que ocasione la falta de la prueba.
PONENTE: JOHN JAIRO ACOSTA PÉREZ
FECHA: 06/02/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
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TEMA: PENSION DE SOBREVIVIENTES. Reconocimiento a parejas del mismo sexo. Las parejas del mismo sexo tienen derecho a la pensión de sobrevivientes, siempre y cuando acrediten los requisitos exigidos para acceder a la misma en la normatividad vigente. REQUISITOS PARA LA DECLARACION DE UMH DE PAREJAS DEL MISMO SEXO A EFECTOS DE ACCEDER A LA PRESTACION. la declaración de UMH ante notario y firmada por ambos integrantes de la pareja, fue pensada para solicitar la afiliación en salud y no puede aplicarse sin más, en el caso de la pensión de sobrevivientes, ya que al considerar que interpretar la exigencia contenida en la parte resolutiva de las referidas sentencias de una manera restrictiva, implica imponerle a las parejas homosexuales una carga desproporcionada y arbitraria que riñe con las previsiones del artículo 13 superior y la garantía del debido proceso administrativo consagrada en el artículo 29 de la Constitución Política.
PONENTE: Dr. ORLANDO ANTONIO GALLO ISAZA
FECHA: 07/03/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia Consulta
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TEMAS: CULPA PATRONAL. Carga de la prueba. La carga probatoria que esencialmente le incumbe a la parte que reclama la indemnización plena del caso, es decir, al trabajador o, según el caso, a sus herederos o causahabientes CULPA PATRONAL. Culpa Leve. Culpa como una falla de conducta del empresario, la asunción por parte suya de un comportamiento reprochable que envuelve la idea de una negligencia, una imprudencia o una imprevisión en el desarrollo de la actividad productiva, en cuanto por razón de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional se genera un daño para el trabajador que pudiendo ser previsto por el empleador, no lo fue. PERJUICIOS MORALES Tasación del daño moral. Su tasación queda al prudente arbitrio del juzgador, ya que se trata de un daño que no puede ser evaluado monetariamente. INDEMNIZACIÓN DE 180 DÍAS Artículo 26 de la Ley 361 de 1997. Al momento del Despido debe existir calificación de pérdida de capacidad laboral para determinar existencia de estabilidad reforzada. DAÑO A LA VIDA DE RELACIÓN. La procedencia o no de la indemnización por el daño denominado a la vida de relación. Esto es, no solo es indemnizable el daño patrimonial, así como el extrapatrimonial que se identifica con los perjuicios morales, subjetivados cuando se refiere al dolor emocional, sino aquel que afecta la esfera social del individuo y sus relaciones familiares y de pareja. INDEXACIÓN DE LAS CONDENAS Actualización monetaria de las eventuales condenas. La indexación de las obligaciones jurídicas obedece a la necesidad de acoplar un fenómeno económico. como lo es la deprecación constante del dinero.
PONENTE: JOHN JAIRO ACOSTA PÉREZ
FECHA: 03/04/2017
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
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TEMA : INEFICACIA DEL TRASLADO DEL REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA AL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD. INEFICACIA DEL TRASLADO. Deber de Información. La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la antesala de la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional. REGIMEN DE TRANSICION PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA PENSION CONFORME LAS NORMAS ANTERIORES A LA LEY 100 DE 1993. El artículo 36 conservó la edad, el tiempo de servicio o el número de semanas cotizadas y el monto de la pensión por vejez establecidos en el régimen anterior, requisitos que debían cumplirse al momento de entrar en vigencia el sistema de pensiones, conforme a lo establecido en el artículo 151 de la normatividad mencionada.
PONENTE: MARTHA CECILIA SANCHEZ RODRIGUEZ
FECHA: 14/03/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
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TEMA : INEFICACIA DEL TRASLADO DEL REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA AL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD. Prescripción de la Acción de Solicitud de Ineficacia del Traslado-No Opera. Mientras el derecho está en formación la prestación está sometida a condición suspensiva, que solamente se perfecciona como derecho cuando concurren los requisitos que la Ley exige. INEFICACIA DEL TRASLADO. Deber de Información. La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la antesala de la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional. El deber de las Administradoras de Fondos de Pensiones de dar cuenta de que documentaron de manera clara y suficiente los efectos que acarrea el cambio de régimen, so pena de declarar ineficaz ese tránsito, no es un privilegio de quienes se benefician del Régimen de Transición.
PONENTE: MARTHA CECILIA SANCHEZ RODRIGUEZ
FECHA: 14/03/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia
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TEMA : INEFICACIA DEL TRASLADO DEL REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA AL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD. Consentimiento informado para que sea eficaz el traslado. El traslado al Régimen de Ahorro Individual no se dio en términos de eficacia, la inoportuna o insuficiente asesoría sobre los puntos del tránsito de régimen son indicativos de que tal decisión no estuvo precedida de la comprensión suficiente, y menos del real consentimiento para adoptarla.
PONENTE: MARTHA CECILIA SANCHEZ RODRIGUEZ
FECHA: 14/02/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia