Decisiones Sala Civil
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TEMA: DERECHO DE PETICIÓN - Cualquier persona podrá dirigir solicitudes respetuosas a las autoridades, ya sea verbalmente, por escrito o por cualquier otro medio idóneo. / REQUISITOS DEL DERECHO DE PETICIÓN – Estos son, la pronta resolución; la respuesta de fondo, la cual debe ser clara, precisa, congruente y consecuente; y la notificación de la decisión. / DERECHO DE PETICIÓN RESPECTO DE LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO - Se debe dar certeza a las víctimas sobre las condiciones de modo, tiempo y lugar bajo las cuales se realizará la evaluación que determine si se priorizará o no al núcleo familiar. /
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TEMA: EL HECHO SUPERADO - cuando la situación de violación o amenaza ha cesado o el daño que se pretendía evitar se ha consumado, pierde sentido cualquier orden que la Corte pueda proferir para amparar los derechos de la persona a favor de la cual se interpone la acción de tutela pues por sustracción de materia resultaría inútil. /
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL - Es necesaria la existencia de un hecho, un daño y la verificación del nexo de causalidad entre estos dos. / CONTRATO DE SEGURO – La falta de alguno de sus requisitos hará que el contrato de seguro no produzca efecto alguno. /
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TEMA: CAMBIO DE RADICACIÓN – el solicitante debe acreditar su legitimación para promover la solicitud y adjuntar las pruebas que pretenda hacer valer para demostrar la insuficiencia en el impulso o la marcha del proceso.
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TEMA: SUBSIDIARIEDAD – se deben agotar los trámites administrativos o judiciales dispuestos en el ordenamiento, de lo contrario, se debe probar la ineficacia de los mismos o la imposibilidad de soportarlos, para que la acción de tutela prospere. / DERECHO DE PETICIÓN – La respuesta debe establecer con claridad el estado del trámite, o las razones por las cuales rechaza alguno de los documentos presentados o requiere los demás que solicita, lo cual debe estar claramente expuesto y justificado.
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TEMA: MINIMO VITAL- el juez constitucional deberá verificar cuáles son aquellas necesidades básicas o gastos mínimos elementales en cabeza del individuo, indispensables para garantizar la salvaguarda de su derecho fundamental a la vida digna, y evaluar si la persona está en capacidad de satisfacerlos por sí mismo, o por medio de sus familiares. DERECHO DE PETICIÓN- Está catalogado como fundamental y de aplicación inmediata, no debe dejarse al peticionario en una incertidumbre que afecte el derecho a una respuesta de fondo y concreta frente a lo solicitado.


