Decisiones Sala Laboral
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TEMA: PENSIÓN DE VEJEZ- . La pensión de vejez se reconocerá a solicitud de parte interesada reunidos los requisitos mínimos establecidos. INTERESES MORATORIOS- Los intereses moratorios expresa que la Corte Suprema de Justicia ha establecido que su propósito es resarcitorio y buscan compensar el daño causado por la demora en el reconocimiento y pago de la pensión por lo que no es necesario determinar si la entidad actuó de buena o mala fe; lo relevante es la existencia de una demora injustificada en el pago de la pensión. /
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO - Declarada la ineficacia, las partes, en lo posible, deben volver al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto de afiliación; producto de la declaratoria de ineficacia todo capital acumulado en la cuenta de ahorro individual, los rendimientos y los bonos pensionales a que haya lugar; así como los gastos de administración, las comisiones, los porcentajes destinados a conformar el Fondo de Garantía de Pensión Mínima y los valores utilizados en seguros previsionales, deben trasladarse a aquella administradora que tendrá a su cargo el reconocimiento de las eventuales pensiones, por cuanto tales sumas repercutirán en la conformación del derecho pensional. /
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TEMA: PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES- Es beneficiario de la pensión de sobrevivientes; el cónyuge separado de hecho que demuestre que convivió con el causante por lo menos (5) años en cualquier tiempo. En ese sentido son requisitos para la aplicación de esta norma: (i) la existencia de un vínculo matrimonial vigente, y (ii) la convivencia de un periodo mínimo de 5 años en cualquier tiempo. / INTERESES MORATORIOS- Los intereses moratorios expresa que la Corte Suprema de Justicia ha establecido que su propósito es resarcitorio y buscan compensar el daño causado por la demora en el reconocimiento y pago de la pensión por lo que no es necesario determinar si la entidad actuó de buena o mala fe; lo relevante es la existencia de una demora injustificada en el pago de la pensión. /
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TEMA: INEFICACIA DEL TRASLADO - Tal declaración obliga las entidades del régimen de ahorro individual con solidaridad a devolver los gastos de administración, los montos destinados a seguros previsionales, el porcentaje destinado a conformar el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, y comisiones con cargo a sus propias utilidades, pues desde el nacimiento del acto ineficaz, estos recursos han debido ingresar al régimen de prima media con prestación definida administrado por Colpensiones. /
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TEMA: RÉGIMEN DE TRANSICIÓN- El cumplimiento de los requisitos para beneficiarse de la transición normativa, de ninguna manera puede considerarse como un derecho adquirido, tiene un derecho en formación porque aún no cumple con las exigencias de la ley para causarlo, solo goza de una expectativa, concepto que, como se explicó, no corresponde al de derecho adquirido. /
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TEMA: CONTRATO DE TRABAJO POR DURACIÓN DE LA OBRA O LABOR CONTRATADA- La vigencia de este tipo de contratos regulados en el art. 45 del CST, no depende de la voluntad o capricho del empleador, sino que debe corresponder a la naturaleza del servicio prestado, de ahí que, cuando se acude a esta clase de contratación, se entiende que durará el tiempo que se requiera para dar fin a las labores contratadas. Por lo anterior, es indispensable que el objeto del contrato se encuentre delimitado con claridad y especificidad, o que de la naturaleza de la obra pueda desprenderse la temporalidad de la actividad, pues de no hacerse así, de manera residual se entenderá que su duración es de término indefinido. / INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA-La indemnización por despido sin justa causa en los contratos por obra o labor determinada, corresponde a los salarios que se dejaron de percibir entre la finalización del contrato y la fecha de la finalización de la obra o labor, sin que ese guarismo pueda ser inferior a 15 días de salario. /







