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TEMA: CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA - Es la Ley la que fija y determina los criterios para definir la competencia; de ahí que no es suficiente que la Constitución de un país estipule la función jurisdiccional, sino que es necesario que esta se delimite de acuerdo a factores objetivos, subjetivos, de conveniencia, capacidad técnica, de aptitud, criterios de garantía, etc. /


HECHOS: Luego de que la Comisaría de Familia del municipio de Chigorodó Antioquia remitiera el presente proceso a la Defensora de Familia del Centro Zonal Rosales de la Regional Antioquia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, esta última autoridad remite el proceso al juzgado Doce de Familia, el cual se abstuvo de conocer sobre el asunto y procedió a remitirlo al Juzgado de Familia de Oralidad de Girardota Antioquia. Se pretende dirimir el conflicto negativo de competencia entre estos dos últimos despachos.


TESIS: Se tiene entonces que los factores de competencia son el objetivo, subjetivo, territorial, funcional y de conexión (…). Ahora, para determinar la competencia por el factor territorial en las acciones contenciosas la Ley adjetiva prescribe como principio general, en el numeral 1º del artículo 28 del Código General del Proceso, que será competente el juez del domicilio del demandado. No obstante, lo anterior no descarta la confluencia de otros criterios que, para ciertas materias, inclusive, resultan exclusivos; verbi gracia, el referido por el inciso 2º del numeral 2º ibídem, a cuyas voces, tratándose de procesos “en los que el niño, niña, o adolescente sea demandante o demandado, la competencia corresponde en forma privativa al juez del domicilio o residencia de aquel”, normatividad que encuentra su génesis en el principio superior de los niños, las niñas y los adolescentes, de que trata el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia. (…) conforme enseña el artículo 97 de la Ley 1098 de 2006, 1 “será competente la autoridad del lugar donde se encuentre el niño, la niña o el adolescente”.

MP. LUZ DARY SÁNCHEZ TABORDA
FECHA: 17/08/2023
PROVIDENCIA: AUTO

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