Decisiones Sala Civil
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TEMA: PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO- Para el evento en que se persiga el pago de una obligación en dinero únicamente con el producto de los bienes gravados con hipoteca o prenda, partiendo en todo caso de que también en estos eventos deben cumplirse los requisitos de toda demanda ejecutiva que, lógicamente comienzan con el acompañamiento del documento que da cuenta de obligación expresa, clara y exigible a cargo del ejecutante y en favor del ejecutado. /
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TEMA: JUSTO TÍTULO – La obligación de transferir el derecho de dominio, en sí, es ajena a la promesa de contrato de compraventa, ya que ésta apenas da lugar a la obligación de celebrar la venta prometida y no puede constituir, en consecuencia, "justo título" para hacerse al dominio del bien prometido, de donde ha de admitirse que el hecho de la celebración de una promesa de compraventa, per se, a lo sumo -y sólo en determinadas circunstancias- facilitaría al promitente comprador que quedara como tenedor o poseedor de la cosa, pero, en manera alguna, como propietario de ella.
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TEMA: DEMANDA EJECUTIVA – No existe una norma que obligue al arrendador o a su subrogatario a presentar una demanda ejecutiva ante el mismo juez que tramitó el proceso de restitución de bien inmueble arrendado. El numeral 7° del artículo 384 del C.G.P. no impone tal obligación. Este artículo no determina que el juez de la restitución sea el único competente de manera perpetua. /
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TEMA: REIVINDICACIÓN ENTRE COMUNEROS– La regla frente a bienes comunes es, en esencia, la siguiente: si el objeto está en poder de todos los codueños, nada habrá que vindicar; empero, si es detentado por un extraño, o uno o más comuneros con exclusión de los demás, resulta viable su reivindicación, solo que el impulsor deberá precisar si ansía recuperar todo el bien o solo la cuota que le corresponde, distinción que demarcará, por tanto, el ámbito de su reclamo, pues, en el primer evento, deberá obrar para la comunidad, mientras que en el segundo lo hará para sí en procura de salvaguardar su alícuota y de mantenerla vigente, para luego sí poder instar la división.
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TEMA: NULIDAD DEL LAUDO ARBITRAL- La competencia del juez encargado de resolver el recurso extraordinario de anulación, está restringida a las causales de anulación taxativamente consagradas, cuya interpretación y aplicación es restrictiva./
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TEMA: PROCESO EJECUTIVO - Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia, y los demás documentos que señale la ley. / CLARIDAD, EXIGIBILIDAD Y EXPRESIVIDAD DE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS - Consiste en que el documento que la contenga sea inteligible, inequívoco y sin confusión en el contenido y alcance obligacional de manera que no sea oscuro con relación al crédito a favor del acreedor y la deuda respecto del deudor. Que los elementos de la obligación, sustancialmente se encuentren presentes, los sujetos, el objeto y el vínculo jurídico. Tanto el préstamo a favor del sujeto activo, así como la acreencia en contra y a cargo del sujeto pasivo. /


