Decisiones Sala Laboral
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TEMA: ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA- la estabilidad laboral reforzada se erige en un mecanismo a partir del cual las personas que tienen una condición especial, gozan de protección laboral. Es predicable de todas las personas que tengan una afectación en su salud, que les impida o dificulte sustancialmente el desempeño de sus labores en las condiciones regulares./
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TEMA: CONVENCIÓN COLECTIVA - La Convención Colectiva es fuente jurídica, por lo que para sus interpretaciones deben aplicarse las reglas de la hermenéutica jurídica y los principios rectores del derecho laboral consagrados en nuestra Carta Política/
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TEMA: FUERO SINDICAL – Es la garantía de que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados de sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un Municipio distinto, sin justa causa, precisamente calificada por el Juez de trabajo. / BENEFICIARIOS DEL FUERO SINDICAL - Los miembros de las juntas directivas y subdirectivas de todo sindicato. /
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TEMA: EMBARGO DE BIENES INMUEBLES EN SUCESIÓN - Los herederos son deudores a prorrata de sus cuotas en la herencia y hasta por el monto o valor de los bienes que les corresponda en la adjudicación como herencia; lo que implica que a un solo heredero no se le puede exigir el pago total de la obligación; pues ésta se tiene que dividir por el número de herederos para determinar la cuota que se hará efectiva contra cada uno de ellos y hasta por el valor de la herencia que recibió. /
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TEMA: LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA – No hay lugar a declarar un derecho en cabeza de quien no es su titular o a cargo de quien no tiene que responder por el mismo. / ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA - Se requiere que el desequilibrio entre los dos patrimonios se haya producido sin causa jurídica, y que el demandante, a fin de recuperar el bien carezca de cualquiera otra acción originada por un contrato, un cuasi-contrato, un delito, un cuasi-delito, o de las que brotan de los derechos absolutos, ya que es netamente subsidiaria. /
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TEMA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA - El artículo 64 del CST, establece una indemnización tarifada por los perjuicios ocasionados con la ruptura del vínculo laboral en ejercicio de la facultad que tiene el empleador de terminar dicho vínculo, de manera unilateral, sin justa causa, al tenor del artículo en mención, no obstante, si el trabajador sufre un perjuicio mayor por esa ruptura, debe acreditar su causación.








