TEMA: CONTRATO POR OBRA O LABOR – Se terminará justamente por parte del empleador cuando: Finalice la obra contratada o el trabajador incurra en una justa causa para la terminación del contrato / REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO / JUSTA CAUSA DE DESPIDO - no prevé un procedimiento previo para finalizar el contrato de trabajo con justa causa cuando se comete una falta grave /
HECHOS: Si bien el demandante pretendía con la presentación de la demanda el pago de los salarios dejados de percibir durante el lapso de tiempo faltante para terminar la obra o labor contratada por la demandada, el juez de instancia absolvió a la pasiva de las pretensiones formuladas en su contra. Siendo desfavorable la decisión, el extremo activo expuso recurso reiterando que el despido del demandante fue sin justa causa y se considera también que fue premeditado toda vez que el 2 de agosto de 2019 ya habían anunciado la terminación del contrato justificado en la falta cometida por el demandante, sin llevar a cabo un correcto proceso disciplinario tal como lo indica la ley. Frente a lo anterior esta Sala la hará un recuento de lo acontecido en este caso, tanto desde el punto de vista del procedimiento disciplinario adelantado por la empresa COMWARE, como frente al fondo del asunto.
TESIS: (…) El contrato de trabajo por la duración de una obra o labor determinada, se caracteriza por que su vigencia está determinada por una condición, cual es el lapso que requiere la ejecución completa de la obra o labor para la cual fue contratado el trabajador, a diferencia del contrato de trabajo a término fijo cuya duración está sujeta no a una condición sino a un plazo. De manera que, en aquellos casos, tal como lo ha descrito la doctrina, la duración del contrato no es determinada sino determinable. (…) Ahora bien, atendiendo a que el apoderado del actor sostiene que se trató de una decisión premeditada, pues no se habría adelantado una verdadera investigación alrededor de las afirmaciones del demandante en el sentido de que fue autorizado por la Jefe de Operaciones para compartir su usuario, en gracia de discusión, bastaría señalar que no existe prueba acerca de cuándo realmente se alcanzaría a cumplir con el 80% del total de la obra para la cual fue vinculado el accionante, consistente en el proceso de transformación, iniciación, estabilización y puesta en marcha del proyecto. (…) Lo anterior porque bien se sabe que la indemnización en esta modalidad contractual, corresponde al tiempo faltante para la terminación de la obra o labor para la cual hay asido contratado el trabajador (…) La Sala puede colegir, que no se observa violación alguna al debido proceso y con este, al derecho de defensa del demandante, en tanto el informe de auditoría, detallado y pormenorizado, fue confeccionado por TIGO UNE como cliente de la demandada, informe que le fue puesto de presente al demandante antes de rendir sus descargos, quien tuvo la oportunidad de conocerlo de manera previa y poder así refutarlo o confrontarlo. (…) Por ello, Luego de un análisis juicioso del material probatorio que reposa en el expediente y no deja la menor duda de que el demandante incurrió en faltas graves en el desempeño de sus funciones que ameritaron su despido con justa causa. (…)
M.P: JOHN JAIRO ACOSTA PEREZ
FECHA: 04/03/2024
PROVIDENCIA: SENTENCIA
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