Decisiones Sala Laboral
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TEMA: INEFICACIA DE LA AFILIACIÓN- El fondo privado quien indujo en error al afiliado debe asumir las consecuencias de la declaratoria de la ineficacia declarada al no cumplir con las obligaciones de información y buen consejo, de lo que se colige entonces que, le asiste obligación a dicho fondo de pensiones de devolver al RPM todos los aportes descontados al afiliado./
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TEMA: DESPIDO INJUSTO- Cuando el empleador toma la decisión de finalizar una relación laboral, amparado en el periodo de prueba, no se requiere que previamente haya escuchado al trabajador, bien sea citándolo a descargos o iniciando un proceso disciplinario. /
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TEMA: CONTRATO DE TRABAJO- Las cooperativas de trabajo asociado, tienen cierta discrecionalidad estando en la posibilidad de fijar las condiciones de trabajo asociado y las compensaciones en favor de quienes efectúen dichas labores./
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TEMA: ACOSO LABORAL - Necesariamente debe en estos casos acreditarse la conducta realizada a efectos de dar aplicación a las prerrogativas que se contemplan por retaliación, entre ellas, dejar sin efecto la ruptura del nexo contractual laboral. /
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TEMA: RELIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN DE VEJEZ- La tasa de reemplazo puede incrementarse en un 1.5% por cada 50 semanas adicionales a las mínimas requeridas, hasta un máximo del 80% y debe reflejar todas las semanas cotizadas, siempre que no supere el límite porcentual./
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TEMA: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA – La administradora de pensiones es la obligada a reconocer la indemnización sustitutiva; sin perjuicio de que estos periodos hayan ocurrido con anterioridad a la Ley 100 de 1993; por lo tanto, es la administradora de pensiones o Colpensiones quien debe repetir contra los antiguos empleadores del accionante, con el fin de obtener el valor de la porción de la indemnización que le correspondía a cada uno.






