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TEMA: EXISTENCIA DE CONTRATO DE TRABAJO – “fuente de la cual devienen los derechos laborales que se reclaman” / CULPA PATRONAL – “culpa suficiente comprobada del empleador” /

TESIS: “el contrato de trabajo, al tenor de lo previsto en el artículo 22 del Código Sustantivo del Trabajo, se define como un acto jurídico que se celebra entre una persona natural denominada trabajador y una persona natural o jurídica llamada empleador. Acto jurídico a través del cual el trabajador se compromete con el empleador a la prestación personal de un servicio bajo su continuada subordinación y dependencia, para recibir como contraprestación una remuneración por salarios. (…) le corresponde al pretendido trabajador, probar la prestación personal del servicio y al demandado probar que el servicio prestado por quien alega haber tenido una relación laboral, o bien no existió, o en su defecto estuvo regido por un contrato u otra situación que no tenía la naturaleza laboral. (…) debe demostrarse que el accidente o enfermedad se produjo en cumplimiento de las órdenes del empleador, en circunstancias donde se verifique el proceder culposo de éste en la desatención de sus deberes de protección y seguridad al trabajador. En otras palabras, que sin la acción u omisión culposa del empleador no se hubiera ocasionado el accidente o la enfermedad.”

MP. FRANCISCO ARANGO TORRES
FECHA: 20/04/2023
PROVIDENCIA: SENTENCIA

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