050013105018201400635

TEMA: CONTRATO REALIDAD. Verificación del elemento Subordinación. De los contratos civiles entre EMPRESAS VARIAS DE MEDELLIN y las COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO, TEMPORALES y FUNDACIONES, es preciso advertir que en esta clase de contratación no está vedada la posibilidad de que el contratante pueda impartir instrucciones y solicitar informes e incluso establecer medidas de supervisión o vigilancia sobre las obligaciones asumidas por el contratista, máxime cuando se trata de cumplimiento de la prestación de servicios públicos, como ocurre en el caso, sin que con la interventoría que de los mismos se da, se vea de bulto el elemento subordinación entre EMPRESAS VARIAS y la labor ejecutada por los pretensores, pues ello se daba con base en los tipos de contratos suscritos.

PONENTE: DR. CARLOS ALBERTO LEBRUN MORALES


FECHA: 30/01/2020


TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia

También te puede interesar decisión destacada
  • Laboral
    03 Noviembre 2026
    83

    TEMA: PENSIÓN DE INVALIDEZ/CAPACIDAD LABORAL REAL Y EFECTIVA- La aplicación de la doctrina de capacidad laboral residual no autoriza a presumir que toda cotización posterior a la estructuración es válida para acceder a la pensión; exige establecer...

 

 

 

05001310501820140063501-2.pdf

Artículos relacionados por temas

Cómo llegar

Nuestras redes sociales