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TEMA: PENSION DE SOBREVIVIENTES. Reconocimiento a parejas del mismo sexo. Las parejas del mismo sexo tienen derecho a la pensión de sobrevivientes, siempre y cuando acrediten los requisitos exigidos para acceder a la misma en la normatividad vigente. REQUISITOS PARA LA DECLARACION DE UMH DE PAREJAS DEL MISMO SEXO A EFECTOS DE ACCEDER A LA PRESTACION. la declaración de UMH ante notario y firmada por ambos integrantes de la pareja, fue pensada para solicitar la afiliación en salud y no puede aplicarse sin más, en el caso de la pensión de sobrevivientes, ya que al considerar que interpretar la exigencia contenida en la parte resolutiva de las referidas sentencias de una manera restrictiva, implica imponerle a las parejas homosexuales una carga desproporcionada y arbitraria que riñe con las previsiones del artículo 13 superior y la garantía del debido proceso administrativo consagrada en el artículo 29 de la Constitución Política.

PONENTE: Dr. ORLANDO ANTONIO GALLO ISAZA

FECHA: 07/03/2018

TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia Consulta

 

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