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TEMA : INEFICACIA DEL TRASLADO DEL REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA AL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD. INEFICACIA DEL TRASLADO. Deber de Información. La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la antesala de la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional. REGIMEN DE TRANSICION PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA PENSION CONFORME LAS NORMAS ANTERIORES A LA LEY 100 DE 1993. El artículo 36 conservó la edad, el tiempo de servicio o el número de semanas cotizadas y el monto de la pensión por vejez establecidos en el régimen anterior, requisitos que debían cumplirse al momento de entrar en vigencia el sistema de pensiones, conforme a lo establecido en el artículo 151 de la normatividad mencionada.

PONENTE: MARTHA CECILIA SANCHEZ RODRIGUEZ

FECHA: 14/03/2018

TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia

 

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