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TEMA. SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO ESPECIAL DE PENSIÓN DE VEJEZ POR HIJO DISCAPACITADO. “Así el aspirante al reconocimiento de esta prestación especial debe acreditar:  El número mínimo de semanas cotizadas exigido para acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida […] La invalidez física o mental del hijo (a), es decir, que hubiere perdido el 50% o más de su capacidad laboral. Que el hijo (a) es su dependiente económico (a). […] Ahora bien,  la Sala de Casación Laboral en sentencia CSJ SL17898-2016, reiterada en las  CSJ  SL1991-2019,  CSJ  SL3772-2019,  CSJ  SL2585-2020  así  como  recientemente  en  la providencia  CSJ  SL739-2021  y  CSJ  SL4770-2021  sostuvo  que  la  pensión  especial consagrada en la referida norma  no exige que el progenitor a cargo del hijo invalido, deba tener la calidad de padre o madre cabeza de familia, toda vez que el inciso 2.° del parágrafo 4.° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003 no contiene esa exigencia. […] es  claro    que  tampoco  se  exige  para  acceder  a  la  prestación especial de vejez que el demandante deba estar activo laboralmente al momento de su  solicitud”

MP. ANA MARÍA ZAPATA PÉREZ

PROVIDENCIA. SENTENCIA

FECHA. 16/12/2022

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