Decisiones Sala Civil
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TEMA: CONCURRENCIA ACTIVIDADES PELIGROSAS- Ocurrencia de una causa extraña: Culpa exclusiva de la víctima.
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TEMA: CONTROVERSIAS PROCESO DE INSOLVENCIA - Una disparidad distinta a las reseñadas en los artículos 552, 557 y 560 del CGP y que surja durante la fase de negociación y validación de deudas, no constituyen verdaderas controversias, pues es claro que nuestro legislador procesal delimitó los supuestos en que estas se presentan.
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA - La responsabilidad civil médica se rige por los principios generales de toda acción resarcitoria y que sus presupuestos axiológicos son el daño, el actuar culposo del médico y el vínculo de causalidad adecuada entre ellos. / CARGA PROBATORIA - FLEXIBILIZACIÓN PROBATORIA - Comprende la posibilidad de que, el juez asigne la carga probatoria a aquella parte que se encuentre en mejores condiciones demostrativas, según los requisitos consagrados en la norma. /
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TEMA: RATIFICACIÓN DE DOCUMENTOS - el legislador no ha exigido que se especifique cuáles son los documentos de carácter declarativo sobre los cuales se pretende la ratificación; porque corresponde al juez hacer la calificación de la naturaleza de los documentos, para concretar los que serán materia de ratificación.
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TEMA: SUBSIDIARIDAD DE LA ACCIÓN DE TUTELA - Solo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. / ACCIÓN DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO - Únicamente puede utilizarse este medio como mecanismo transitorio para evitar la consumación de un perjuicio irremediable; de resto, el amparo constitucional resulta improcedente contra ese tipo de actos. /
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TEMA: TUTELA SOBRE LA MANERA DE RESOLVER - no es viable proferir órdenes a la autoridad accionada sobre la manera de resolver un asunto, ya que, si se procediera de tal manera, se iría contra la autonomía salvaguardada en los artículos 228 y 230 constitucionales. / TUTELA PARA RECONOCER PENSIONES - no es el mecanismo idóneo para verificar si se cumple o no con los requisitos establecidos para la conceder una pensión, mucho menos, su especie. / PROCEDENCIA DE LA TUTELA - siendo que la naturaleza de la tutela como mecanismo subsidiario y residual, exige que: (i) se adelanten las acciones judiciales pertinentes; y, (ii) ello se haga oportunamente.








