Decisiones Sala Civil
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TEMA: IMPROCEDENCIA DE DECRETAR PRUEBAS EN APELACIÓN DE AUTO- En el sistema judicial colombiano, la apelación de autos (decisiones judiciales que no ponen fin al proceso) tiene un tratamiento específico en cuanto a la práctica de pruebas. Según los artículos 322, 324 y 326 del Código General del Proceso (C.G.P.), en el trámite de apelación de autos no se contempla la oportunidad para la aportación, solicitud, decreto o práctica de pruebas. NULIDAD DE PLENO DERECHO EN RELACIÓN CON PRUEBAS-La Corte Suprema de Justicia ha indicado que la nulidad por prueba ilícita afecta únicamente a la prueba y no invalida toda la actuación procesal, salvo en casos excepcionales. Además, esta nulidad debe ser grave y trasgredir garantías fundamentales. La argumentación sobre la presunta falsedad del pagaré, debía ser tratada mediante los mecanismos procesales adecuados, como el recurso de reposición o las excepciones en el proceso ejecutivo. NULIDAD POR INDEBIDA NOTIFICACIÓN- El artículo 8 de la Ley 2213 de 2022, regula la notificación electrónica, la cual puede realizarse a la dirección de correo electrónico inscrita en el registro mercantil. Para la fecha en que se envió la notificación, el correo enunciado era válido y estaba registrado en el certificado de existencia y representación legal.
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL- Pese a que el mínimo vital es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Política, la relación que los apelantes pretenden con el salario mínimo no es aplicable en el caso en particular, pues ello conllevaría a constituir una presunción que no ha sido regulada en el ordenamiento jurídico ni en la jurisprudencia y al fallador no le es dable suponer que los ingresos de los demandantes./
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TEMA: PERSONA CON DISCAPACIDAD- De acuerdo con la jurisprudencia constitucional “las autoridades judiciales que tengan conocimiento de un caso en el que se encuentre involucrado una persona con discapacidad y que esté en imposibilidad para expresar su voluntad y preferencias por cualquier medio, deberán dar aplicación prioritaria a los mecanismos de la Ley 1996 de 2019” , y que para el efecto, “el juez podrá disponer la suspensión del proceso hasta tanto se adjudiquen judicialmente los apoyos correspondientes, o tratándose de un asunto de familia, podrá de oficio ordenar la valoración de apoyos con el fin de establecer la situación de la persona con discapacidad y los apoyos que requiere para su representación en el proceso respectivo.”
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TEMA: DERECHO A LA SALUD- La salud es un derecho fundamental que debe ser garantizado integralmente, incluyendo servicios necesarios para la reafirmación de género. ENFOQUE DIFERENCIAL- Las personas trans privadas de la libertad requieren un trato especial y acciones afirmativas debido a sus necesidades particulares y la discriminación histórica. OBLIGACIONES DEL ESTADO- El Estado debe garantizar el acceso a servicios de salud adecuados para la población reclusa LGBTIQ+, incluyendo la implementación de protocolos y rutas de atención integral.
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TEMA: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA - La imprescriptibilidad de los bienes de uso público abarca no solo aquellos de dominio del Estado, sino también los que por su destinación están destinados al uso público./
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TEMA: RESTITUCIÓN DE FRUTOS - Impone examinar si la posesión se ejerció de buena o mala fe, en atención a la restricción temporal que establece el art. 764 del CC. El poseedor de buena fe solo está obligado a restituir los frutos percibidos desde la integración del contradictorio. / RESTITUCIONES MUTUAS - Son efecto propio de la declaratoria judicial de nulidad absoluta, cuyo propósito es el restablecimiento de la situación de las partes al estado en que estarían de no haber celebrado el contrato, en lo posible que los patrimonios queden en la situación en que previsiblemente se encontrarían. /






