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TEMA: FALLAS EN EL SERVICIO DE SALUD. ASEGURADORA LLAMADA EN GARANTIA

Antecedentes. La demandada postergaba revisiones, dejaba vencer órdenes, so pretexto falta de disponibilidad de medios humanos. No asignaba cita con ginecólogos.

Problema Jurídico: Están demostrados los perjuicios morales que la falla administrativa ocasionó a la demandante. Las pólizas invocadas por la demandada, cubren la responsabilidad civil de la falla administrativa. Los elementos de convicción, junto con la historia clínica constituyen, para el tribunal, suficiente prueba sobre las afectaciones psicológicas que padeció la demandante con ocasión de la enfermedad. Se mantiene condena de perjuicios morales.

Decisión. Modifica sentencia del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Medellín, de fecha 24 de agosto de 2020, adicionada por la complementación del día 25 de agosto. Revoca numeral tercero de la providencia. Condena Seguros la Confianza a reembolsar a Coomeva Eps el pago que se realice como pena de la condena impuesta. Confirma los demás numerales.

PONENTE: DR. MARTIN AGUDELO RAMIREZ

FECHA: 24/03/21

TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.

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