05001220300020230033000

TEMA: TUTELA CONTRA INCIDENTE DE DESACATO - La tutela contra la decisión que pone fin al incidente de desacato es procedente, formalmente, cuando ya se desató el grado jurisdiccional consulta o cuando éste no tenga que surtirse; y materialmente, cuando se observa una vulneración al debido proceso.

También te puede interesar decisión destacada
  • Civil
    26 May 2026
    13

    TEMA: CRITERIO SUBJETIVO DE LA SANCIÓN APLICADA AL APORTANTE DEL DOCUMENTO A FAVOR DEL QUE PROBÓ LA TACHA DE FALSEDAD-El artículo 274 del CGP es una norma sancionatoria, por lo cual no puede aplicarse bajo un régimen de responsabilidad objetiva. Para su...

HECHOS: La demandante, pretende que se dejen sin efectos las providencias de sanción y confirmación en consulta, proferidas en el marco del incidente de desacato adelantado en su contra.

TESIS: (…) Frente a las decisiones proferidas en el trámite de un incidente de desacato no existen medios de impugnación previstos por el legislador; solo cuando se impone sanción está previsto el grado jurisdiccional consulta, pero cuando la decisión no es sancionatoria y pone fin al incidente de desacato, ningún recurso es procedente. (Sentencias C-243 de 1996 y T-533 de 2003; reiterado en la sentencia SU-34 de 2018) En este sentido la tutela contra la decisión que pone fin al incidente de desacato es procedente, formalmente, cuando ya se desató el grado jurisdiccional consulta o cuando éste no tenga que surtirse; y materialmente, cuando se observa una vulneración al debido proceso, incursionando el juez del desacato en alguna de las causales específicas de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. (Sentencia SU-34 de 2018) Los argumentos del promotor de la acción de tutela deben ser consistentes con lo planteado por él en el trámite del incidente de desacato, de manera que a) no debe traer a colación alegaciones nuevas, que dejó de expresar en el incidente de desacato, y b) no puede solicitar nuevas pruebas que no fueron pedidas en un principio dentro del desacato y que el juez no tenía que practicar de oficio.

 

MP. MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ
FECHA: 01/08/2023
PROVIDENCIA: SENTENCIA DE TUTELA

 

Descargar

Artículos relacionados por temas

  • 05001222000020240004500
    Información
    Extinción de Dominio 14 Agosto 2025 1861 Visita(s)
    TEMA: IMPROCEDENCIA DE LA TUTELA - Bajo los parámetros constitucionales, es que esta Sala de decisión, negará por improcedente la acción de tutela; toda vez que se probó que los derechos invocados...
  • 05001222000020240002200
    Información
    Extinción de Dominio 20 Febrero 2025 1863 Visita(s)
    TEMA: ACCIÓN DE TUTELA - Es obligación de la ciudadanía certificar la radicación de la solicitud ante la autoridad competente y con el lleno de los requisitos. /
  • 05001222000020240001900
    Información
    Extinción de Dominio 17 Febrero 2025 1967 Visita(s)
    TEMA: ACCIÓN DE TUTELA - Cuenta con unos requisitos de procedibilidad que deben cumplirse para alcanzar el amparo postulado por los demandantes, dentro de los cuales se encuentran el principio de...

Cómo llegar

Nuestras redes sociales