050012203000202000123

TEMA: ACCION DE TUTELA. Reparto durante suspensión de términos por declaración de emergencia social y económica por el COVD-19. Del Acuerdo PCSJA20 – 11526 del 22 de marzo de 2020 se desprende sin hesitación alguna que de la suspensión de términos ordenada con ocasión a la declaratoria de emergencia por parte del Gobierno Nacional, se excluyeron las acciones de tutela, precisándose que debía darse prelación a las que versen sobre los derechos a la vida, la salud y la libertad; sin que del contenido de dicha norma pueda deducirse, como lo hizo la accionada, que las acciones constitucionales que versen sobre otros derechos fundamentales no hacen parte de la referida excepción y que por ende, los términos se encuentran suspendidos para éstas hasta tanto se supere la situación.

PONENTE: DR. JOSE GILDARDO RAMÍREZ GIRALDO

FECHA: 17/04/2020

TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia

También te puede interesar decisión destacada
  • Civil
    24 Agosto 2026
    303

    TEMA: REVOCATORIA UNILATERAL DEL MANDATO JUDICIAL-El sistema de honorarios a cuota litis adoptado en un contrato de prestación de servicios, no puede servir de patente de corso para que el poderdante, utilizando la facultad de revocar el mandato en...

 

050012203000202000123_.pdf

Artículos relacionados por temas

Cómo llegar

Nuestras redes sociales