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TEMA: PROMESA DE TRANSACCIÓN – Es absolutamente nulo el contrato de promesa que no fije plazo o condición para la celebración del contrato futuro. Si la naturaleza del contrato sobre el que se verificará la reunión copulativa de sus elementos esenciales fue diáfanamente definida al fijar el objeto del litigio, aquella no puede ser controvertida con posterioridad. /
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TEMA: COADYUVANCIA EN LA PRETENSIÓN DIRECTA– El artículo 71 del CGP regula la coadyuvancia como intervención accesoria de quien, sin ser parte, tiene una relación sustancial con ella y podría verse afectado si esta es vencida. Requiere ajenidad al litigio, ausencia de interés propio y que no se haya dictado sentencia. Su admisibilidad depende del propósito con que se desea participar: si busca auxiliar, procede; si pretende ejercer defensa propia, debe rechazarse. Por ejemplo, en la pretensión directa, el asegurado o presunto responsable no es parte necesaria ni titular de la relación sustancial subyacente de dicha pretensión, pero puede intervenir como coadyuvante de la aseguradora antes de que se dicte sentencia. Su intervención es accesoria, sin pretensión propia, y busca apoyar la defensa frente a una eventual subrogación si la aseguradora resulta vencida.
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TEMA: NOTIFICACIÓN AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA-Actualmente existen dos formas de notificar el auto admisorio de la demanda, cada una con sus propios requisitos: la física y la electrónica. Satisfechos en su totalidad los requisitos de cualquiera de ellas, a elección del demandante, se entenderá surtida la notificación. Sin embargo, tal presunción admite prueba en contrario, que será de cargo del demandado que alegue un estado de cosas distinto. /
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TEMA: CONCURSO DE MÉRITOS- Procedencia excepcional de la acción de tutela en concursos de méritos cuando el medio judicial ordinario no es eficaz, cuando: a) el cargo tiene periodo fijo legal o constitucional; b) se impide nombrar al primero en la lista; c) el caso tiene relevancia constitucional; o d) acudir al medio ordinario resulta desproporcionado por las circunstancias del accionante.
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TEMA: RECHAZO DE PRUEBA EXTRAPROCESAL- El rechazo de pruebas extraprocesales debe fundarse únicamente en la falta de requisitos legales y motivarse de forma individual. Si la prueba documental es accesible por derecho de petición, incluso con reserva legal, debe agotarse el procedimiento de insistencia./
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TEMA: OPOSICIÓN AL SECUESTRO- Trámite de una oposición al secuestro. Requisitos para encontrar probada una posesión. Los arts. 309 y 596 del C.G.P. no exigen un tiempo mínimo de ejercicio de la posesión para poder acceder a la oposición al secuestro.






