050223105001201701159-01

TEMA. PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE FUERO SINDICAL. "El término de prescripción de la acción de fuero sindical en cabeza del empleador, comienza a contar desde la fecha en que aquel tuvo conocimiento del hecho que se invoca como justa causa, o desde que se haya agotado el procedimiento convencional o reglamentario correspondiente, según el caso. Para el caso de los servidores públicos sometidos a la Ley 734 de 2022, por la cual se expide el Código Disciplinario Único, el término de prescripción comienza a corres desde la fecha en la que alcanza ejecutoria el fallo disciplinario"

MP. DR. VICTOR HUGO ORJUELA GUERRERO.

PROVIDENCIA. SENTENCIA

FECHA. 11/08/2022

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