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TEMA:  CULPA PATRONAL – obligación de preservar la seguridad y salud en el trabajo / MEDIDAS PREVENTIVAS PLASMADAS EN EL FORMATO DE INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE DE TRABAJO, QUE SÓLO FUERN ADOPTADAS CON POSTERIORIDAD AL ACCIDENTE DE TRABAJO / Suceso que pudo ser evitado por el empleador en el evento de haber tenido un sistema de seguridad y salud en el trabajo actualizado/ “OBLIGACIONES ESPECIALES DEL EMPLEADOR/ Art 57 del CST consagra Son obligaciones especiales del {empleador}: … 2. Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garanticen razonablemente la seguridad y la salud”/- ART 216 CULPA SUFICIENTE COMPROBADA DEL EMPLEADOR /".

PONENTE: DR. HUGO ALEXANDER BEDOYA DÍAZ

FECHA: 27/02/2023

 

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