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TEMA: DERECHO A LA ASOCIACIÓN SINDICAL- La potestad de los trabajadores y empleadores de integrar y constituir sindicatos y asociaciones, sin intervención del Estado y reconoce su amparo como parte del modelo de participación democrática. / ESTATUTOS Y REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS - La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos. /

TESIS: (…) Nuestro derecho laboral ha reconocido claramente la importancia del derecho de asociación sindical contenido en el artículo 39 de la Constitución Política, el cual alude a la potestad de los trabajadores y empleadores de integrar y constituir sindicatos y asociaciones, sin intervención del Estado y reconoce su amparo como parte del modelo de participación democrática que aquellos patentizan. (…). (…) con el art. 362 del Código Sustantivo de Trabajo, toda organización sindical tiene el derecho de realizar libremente sus estatutos y reglamentos administrativos, y en dichos estatutos, pueden definir su nombre y domicilio, advirtiéndose el art. 382 ibídem, que ningún sindicato puede usar como NOMBRE SOCIAL uno que induzca a error o confusión con otro sindicato existente, ni un calificativo peculiar de cualquier partido político o religión, ni llamarse "federación o confederación". Todo sindicato patronal debe indicar, en su nombre social, la calidad de tal. (…) ese derecho de redactar libremente sus estatutos y reglamentos administrativos, sin la intervención del estado, no era del todo absoluto, así lo indicaba el inciso 2° del art. 39 superior, norma constitucional según la cual, la estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos. (…) lo que constituye materia de reproche es el desbordamiento frente a la permisión de afiliación de trabajadores ajenos por completo a la industria lechera, denominación que dicho sea de paso, fue por la que libremente optó el sindicato demandado, incluyendo infinidad de actividades por completo ajenas a ella.


MP. MARTHA TERESA FLÓREZ SAMIDIO
FECHA: 21/07/2023
PROVIDENCIA: SENTENCIA

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