Decisiones Sala Civil
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TEMA: TÍTULOS EJECUTIVOS - Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles, que consten en documento que provengan del deudor o de su causante y constituyan plena prueba contra él. / EL CHEQUE – Además de los generales, tiene los siguientes requisitos especiales: 1) La orden incondicional de pagar una determinada suma de dinero; 2) El nombre del banco librado, y, 3) La indicación de ser pagadero a la orden o al portador. / EL CONSORCIO - El consorcio es entonces una forma no societaria de relación o de vinculación de actividades e intereses entre distintas personas que no genera otra persona jurídica, con miras a obtener la adjudicación, celebración y ejecución de contratos. / PRINCIPIO DE AUTONOMÍA - Todo suscriptor de un título valor se obligará autónomamente. Las circunstancias que invaliden la obligación de alguno o algunos de los signatarios, no afectarán las obligaciones de los demás. /
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TEMA: RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL DEL ADMINISTRADOR - Los administradores responderán solidaria e ilimitadamente de los perjuicios que por dolo o culpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros. / PÉRDIDA DE LA OPORTUNIDAD - Existen ocasiones en las que la víctima se encuentra en la situación idónea para obtener un beneficio o evitar un detrimento, y el hecho ilícito de otra persona le impide aprovechar tal situación favorable.
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TEMA: PRESCRICPION EXTINTIVA DEL CRÉDITO - cualquier conducta que provenga del deudor tendiente al reconocimiento de la deuda, tiene la virtualidad de enervar el término de prescripción que venía corriendo y a partir de ese mismo hecho se reinicia un nuevo conteo del término previsto en la ley para que ocurra el medio extintivo de las obligaciones que se comentan./ EXTINCIÓN DE DOMINIO - La existencia de una sentencia proferida por la autoridad penal competente, que declara la extinción del dominio, no solo extingue el dominio en cabeza del entonces titular afectado, sino también de todos los derechos reales, principales o accesorios, desmembraciones, gravámenes o cualquiera otra limitación a la disponibilidad o el uso del bien.
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TEMA: RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA - Para que se configure una responsabilidad civil, en su modalidad de contractual o extracontractual, aparte de la prueba del contrato para la primera, deben reunirse tres requisitos esenciales para ambas, como son: el daño antijurídico, el hecho culposo y el nexo de causalidad. / RESPONSABILIDAD DIRECTA DE LAS EPS - Se verán comprometidas cuando lo ejecutan mediante sus órganos, dependientes, subordinados o, en general, mediando la intervención de médicos que, dada la naturaleza jurídica de la relación que los vincule, las comprometa. / CONSENTIMIENTO INFORMADO - La omisión de la obligación de informar y obtener el consentimiento informado, hace responsable al médico, y, por consiguiente, a las instituciones prestadoras del servicio de salud. / CAUSALIDAD HIPOTÉTICA - No se trata de determinar qué es lo que sucedió, sino que, cosa distinta, qué es lo que hubiera sucedido de haberse observado el comportamiento ordenado al médico. /
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TEMA: AGENCIAS EN DERECHO - buscan establecer un monto por la representación o no a través de Abogado. / CONDENA EN COSTAS - su reconocimiento, resulta procedente cuando (i) se pierde el proceso; (ii) se resuelve en forma adversa el recurso de apelación, de súplica, queja, casación, revisión y anulación; y (iii) en casos especiales previstos en la Ley. No depende de circunstancias subjetivas. / LIQUIDACIÓN DE LAS EXPENSAS Y MONTO DE LAS AGENCIAS EN DERECHO - solo podrán controvertirse mediante los recursos de reposición y apelación contra el auto que apruebe la liquidación.
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TEMA: LA SIMULACIÓN DE LOS CONTRATOS - Consiste en el “concierto entre dos o más personas para fingir una convención ante el público, con el entendido de que ésta no habrá de producir, en todo o en parte, los efectos aparentados. / DE LA PRUEBA DE LA SIMULACIÓN - Materia de pretensión simulatoria, para su exitoso ejercicio, las partes pueden acudir a cualquier clase de medios probatorios, siendo muy relevantes los indicios, debido al sigilo con el que los contratantes suelen actuar para disfrazar el acto simulado. / LA SIMULACIÓN RELATIVA – Se da en el caso de que las partes, a pesar de que tienen un interés contractual, disfrazan frente a terceros su verdadera naturaleza, condiciones o partes. / INTEGRACIÓN DEL EXTREMO PROCESAL - Cuando es el heredero el demandante, no se hace necesario la concurrencia de todos los herederos, pues cada uno de ellos tiene la potestad de defender su derecho propio. / TACHA DE TESTIGO - Cualquiera de las partes podrá acudir a este mecanismo para indicar que el dicho de un testigo está afectado de parcialidad por las circunstancias que lo rodean en relación con una de las partes. /








