Decisiones Sala Civil
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TEMA: ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - el amparo ha de tener procedencia cuando se justifica en razón a la necesidad de preservar el orden regular de competencias asignadas por la ley a las distintas autoridades jurisdiccionales. /
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TEMA: CONTRATO DE COMPRAVENTA - entre otros requisitos, se exige que quienes intervengan en él sean capaces / NULIDAD DE LOS ACTOS JURÍDICOS - la validez de ese acto está supeditada a que el mismo no vaya en contravía de disposiciones legales de imperativo cumplimiento / CAPACIDAD LEGAL - el artículo 1503 del Código Civil dispone que toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces /
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TEMA: CARGA PROBATORIA DEL CONTRATO DE SEGURO - corresponde al asegurado demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida, si fuere el caso; mientras que el asegurador deberá demostrar los hechos o circunstancias excluyentes de su responsabilidad. / PERJUICIOS - los perjuicios cuyo resarcimiento aquí se reclama no se originaron en el incumplimiento de la aseguradora en el pago de la obligación de dinero que tenía para con su asegurado, sino en el hecho constitutivo del siniestro que, como se precisó, no puede imputarse a la aseguradora demandada /
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TEMA: SANEAMIENTO DE NULIDAD. CONVALIDACIÓN TÁCITA - Simplemente, si la nulidad es saneable, las partes pueden convalidarla expresa o tácitamente, lo cual produce como resultado que el vicio de que adolecía la actuación no siga siendo obstáculo para proseguir el proceso /
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TEMA: VALORACIÓN PROBATORIA - deberán ser apreciadas en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de las solemnidades prescritas en la ley sustancial para la existencia o validez de ciertos actos. El juez expondrá siempre razonadamente el mérito que le asigne a cada prueba. /
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TEMA: CARGA DE LA PRUEBA - Se tiene que el interesado debe probar el supuesto de hecho previsto en las normas para obtener el efecto jurídico perseguido; aunado que el juez debe fundar la decisión en las pruebas regular y oportunamente allegadas. / SOBRE LA SIMULACIÓN - Quien se vea seriamente lesionado con el negocio aparente, tiene acción para que salga a la luz su verdadero alcance, con el fin de que desaparezca la fachada que impide hacer efectivos los derechos del afectado. / LEGITIMACIÓN PARA SOLICITAR LA SIMULACIÓN - son titulares no sólo las partes que intervinieron o participaron en el acto simulado, y en su caso sus herederos, sino también los terceros, cuando ese acto fingido les acarrea un perjuicio cierto y actual. / ANIMUS SIMULANDI - Para que se presente la simulación, es menester que se cumplan una serie de requisitos; entre ellos está que el acto debe ser voluntario y querido por los contratantes de manera consciente. /








