TEMA. PROCESO EJECUTIVO. Inembargabilidad de las cuentas destinadas a prestar servicios de salud. Excepciones. En proceso ejecutivo, las medidas cautelares permiten asegurar los recursos para la ejecución del fallo. Cuando estas se piden sobre bienes públicos, inicialmente opera el principio de la inembargabilidad, en búsqueda de la protección del erario del Estado; más no es absoluto, pues se pueden perseguir bienes de esta categoría si las “… excepciones son aplicables respecto de los recursos del SGP, siempre y cuando las obligaciones reclamadas tuvieran como fuente alguna de las actividades a las cuales estaban destinadas dichos recursos (educación, salud, agua potable y saneamiento básico)”.
MP. DR. JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO
PROVIDENCIA. AUTO
FECHA. 26/01/2022