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TEMA: PENSIÓN DE INVALIDEZ- Los requisitos para acceder a la pensión de invalidez son: una pérdida de la capacidad laboral del 50% o más, es decir, tener un grado de invalidez igual o superior al 50%. Y haber cotizado 50 semanas dentro de los últimos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de la invalidez. /
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TEMA: COSA JUZGADA – Se puede predicar cuando, se adelante un nuevo proceso con posterioridad a la ejecutoria de la sentencia dictada; que el nuevo proceso sea entre unas mismas partes, habiendo identidad jurídica entre ellas; que verse sobre el mismo objeto, y que se adelante por la misma causa del anterior./
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TEMA: ESTRUCTURACIÓN DE LA INVALIDEZ – Pérdida de capacidad en forma permanente y definitiva, la cual debe documentarse con la historia clínica, los exámenes clínicos y de ayuda diagnóstica, pudiendo darse en época anterior o corresponder a la fecha de calificación. /
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TEMA: FORMULARIO DE AFILIACIÓN – La simple firma del formulario por parte del asegurado, no puede tenerse como una prueba de que se le haya informado a cabalidad de todos los pormenores que le implicaban ingresar a un nuevo régimen pensional distinto al de prima media con prestación definida al que ya había pertenecido. / DEVOLUCIÓN DE LOS RECURSOS ACUMULADOS EN EL RAIS- Debe ser plena y con efectos retroactivos, porque los mismos serán utilizados para la financiación de la pensión de vejez a que tiene derecho el demandante en el régimen de prima media con prestación definida. /
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TEMA: SISTEMA GENERAL DE PENSIONES - La selección de uno cualquiera de los regímenes, es libre y voluntaria por parte del afiliado, quien para tal efecto manifestará por escrito su elección al momento de la vinculación o del traslado. El empleador o cualquier persona natural o jurídica que desconozca este derecho en cualquier forma, se hará acreedor a sanciones. / CONSECUENCIA DE LA DECLARATORIA DE INEFICACIA DEL TRASLADO - Es el restablecimiento de la legalidad que impone la eliminación de los efectos del acto configurado contrario a derecho y permitir, cuando las circunstancias así lo posibiliten, retrotraer las cosas al estado en que estaban como si el negocio no se hubiere celebrado. /
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TEMA: ESTADO DE INVALIDEZ- Los dictámenes, a pesar de su importancia, no representan conceptos definitivos e inmutables, sino pruebas del proceso que bien pueden ser revaluadas o desvirtuadas por el juez del trabajo, en ejercicio de sus libertades de valoración probatoria. /LIBRE FORMACIÓN DEL CONVENCIMIENTO- El Juez formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos, la sana critica, la experiencia y la lógica, que impone criterios objetivos para otorgar mayor credibilidad a una u otra prueba de este tipo./






