- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 6 mins
- Visitas: 2441
TEMA: REUBICACIÓN – Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes, para lo cual deberán efectuar los movimientos de personal que sean necesarios.
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 7 mins
- Visitas: 3282
TEMA: INDEMNIZACIÓN MORATORIA - Si a la terminación del contrato de trabajo el empleador no cancela al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casos en que la ley o el convenio lícito de las partes autoricen retención, a éste corresponde el derecho de percibir un día de salario por cada día de retardo a título de indemnización./
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 8 mins
- Visitas: 3269
TEMA: CÁLCULO ACTUARIAL- Es responsabilidad de los empleadores de sufragar el título o bono pensional por el número de semanas efectivamente laboradas para una misma empresa, atendiendo el deber de aprovisionamiento dispuesto legalmente./
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 6 mins
- Visitas: 2787
TEMA: RETROACTIVO PENSIONAL – El artículo 40 de la Ley 100 de 1993 es claro en indicar que la pensión de invalidez por riesgo común debe otorgarse, de manera retroactiva, a partir de la fecha en que se produce el estado de invalidez. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 5 mins
- Visitas: 2929
TEMA: ACRECIMIENTO DE LA MESADA PENSIONAL - Tratándose de una pensión de sobrevivientes, es procedente cuando desaparece o se extingue el derecho de uno de los beneficiarios de la prestación, por lo cual la misma deberá aumentar proporcionalmente. /
- Detalles
- Categoría: Laboral
- Tiempo de lectura: 7 mins
- Visitas: 2258
TEMA: SUBORDINACIÓN LABORAL- Si bien el cumplimiento de un horario es indicativo de la subordinación, tal hecho no hace concluir forzosamente la existencia de la misma cuando del análisis de otros medios probatorios el juzgador deduce que, en realidad, existió una prestación de servicios personales de carácter independiente y autónoma./






