05001 3105017202000399-01

TEMA. CAPACITACIONES LABORALES. "En materia laboral no existe fuente legal que defina o regule tal concepto, salvo lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990, reglamentado por el Decreto 1127 de 1991, el cual establece que “en las empresas con más de 50 trabajadores que laboren 48 horas a la semana, estos tendrán derecho a que 2 horas de dicha jornada, por cuenta del empleador, se dediquen exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación”

MP. NANCY GUTIERREZ SALAZAR

PROVIDENCIA. SENTENCIA. CONFIRMA

FECHA. 10/08/2022

También te puede interesar decisión destacada
  • Laboral
    30 Abril 2026

    TEMA: DESPIDO CON JUSTA CAUSA – La sala concluye que el empleador dio por terminado el contrato de trabajo por justa causa, por abandono del cargo y conducta delictiva del trabajador. Asimismo, determino la improcedencia de indemnizaciones...

027_2022_050013105017202000399-01.pdf

Artículos relacionados por temas

Cómo llegar

Nuestras redes sociales