050013103002201100297-01

TEMA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA. Venta de cosa ajena. Las costas del proceso no son perjuicios. Reconocimiento de pago de frutos dentro de la resolución. Obligación de inscripción de maquinaria agrícola. El comprador acepta con la firma del contrato que el objeto adquirido no es propiedad del vendedor asumiendo las consecuencias. El vendedor se compromete a realizar el traspaso de la maquina en la oficina de tránsito. Ante este incumplimiento se resuelve el contrato. Salvamento de voto sobre restitución de frutos a favor de quien incumplió.

PONENTE: JULIÁN VALENCIA CASTAÑO

TIPO DE PROVIDENCIA: SENTENCIA

FECHA: 29/10/2021

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